Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2021040152)
Corrección errores del Decreto 114/2021, de 29 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la mejora de la competitividad del pequeño comercio minorista de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 206
Martes, 26 de octubre de 2021
50267
Contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería que ejerza competencias en
materia de comercio interior, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al que se
dicte el acto expreso o si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día
siguiente a aquél en que se produzcan los efectos del silencio administrativo con arreglo
a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas”.
7. Financiación de las ayudas.
La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende a 3.000.000 euros, de los cuales
300.000 euros se imputarán con cargo al presupuesto de 2021 y 2.700.000 euros con
cargo al presupuesto de 2022.
El coste de las acciones previstas será imputado a las partidas presupuestarias contenidas
Programa 341A “Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña”, centro gestor 140030000,
partida presupuestaria G/341A/77000 y Código de proyecto de gasto 20150290 denominado “Mejora de competitividad del pequeño comercio”, cofinanciados por FEDER (80 %) y
fondos de la Comunidad Autónoma (20 %), con origen PO 2014-2020. (Objetivo temático
3. Prioridad de inversión 3.c. “El apoyo a la creación y ampliación de capacidades avanza
das para el desarrollo de productos y de servicios”; Objetivo específico OE 3.3.1. “Apoyo
a la creación y ampliación de capacidades avanzadas para el desarrollo de productos y
servicios”).
De conformidad con el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, cada convocatoria determinará las aplicaciones,
proyectos presupuestarios y las cuantías previstas para el periodo de vigencia de la convocatoria las cuales podrán aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el aumento de los créditos de la
convocatoria o una distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias
recogidos en la misma, exigirá la modificación previa del expediente de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano competente
para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan, de acuerdo con la modificación
producida, como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Martes, 26 de octubre de 2021
50267
Contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería que ejerza competencias en
materia de comercio interior, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al que se
dicte el acto expreso o si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día
siguiente a aquél en que se produzcan los efectos del silencio administrativo con arreglo
a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas”.
7. Financiación de las ayudas.
La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende a 3.000.000 euros, de los cuales
300.000 euros se imputarán con cargo al presupuesto de 2021 y 2.700.000 euros con
cargo al presupuesto de 2022.
El coste de las acciones previstas será imputado a las partidas presupuestarias contenidas
Programa 341A “Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña”, centro gestor 140030000,
partida presupuestaria G/341A/77000 y Código de proyecto de gasto 20150290 denominado “Mejora de competitividad del pequeño comercio”, cofinanciados por FEDER (80 %) y
fondos de la Comunidad Autónoma (20 %), con origen PO 2014-2020. (Objetivo temático
3. Prioridad de inversión 3.c. “El apoyo a la creación y ampliación de capacidades avanza
das para el desarrollo de productos y de servicios”; Objetivo específico OE 3.3.1. “Apoyo
a la creación y ampliación de capacidades avanzadas para el desarrollo de productos y
servicios”).
De conformidad con el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, cada convocatoria determinará las aplicaciones,
proyectos presupuestarios y las cuantías previstas para el periodo de vigencia de la convocatoria las cuales podrán aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el aumento de los créditos de la
convocatoria o una distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias
recogidos en la misma, exigirá la modificación previa del expediente de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano competente
para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan, de acuerdo con la modificación
producida, como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa