Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021063115)
Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Ampliación de la LAMT-3078-01-"Monroy" de la ST "Cáceres", de 20 kV, entre el apoyo 2148 de la misma y el CT "Talaván II" n.º 903300035", a realizar en el término municipal de Talaván (Cáceres), cuyo promotor es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: LE 031/19.
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NÚMERO 204
Viernes, 22 de octubre de 2021

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cultural como cronológico. La excavación se realizará por técnico especializado,
con experiencia en la documentación de la cronología de los restos localizados y
siguiendo la normativa en vigor. Se realizarán igualmente por técnicos especializados estudios complementarios de carácter antropológico (cuando se detecte
la presencia de restos humanos), faunísticos (cuando se detecte la presencia de
restos de fauna en el yacimiento), paleobotánicos (cuando se detecte la presencia de restos carpológicos y vegetales de interés) y en todo caso, al menos, tres
dataciones AMS C14 de ciclo corto para establecer un marco cronológico ajustado
de los hallazgos efectuados.
En el caso que se considere oportuno, dicha excavación no se limitará en exclusiva a la zona de afección directa, sino que podrá extenderse hasta alcanzar la
superficie necesaria para dar sentido a la definición contextual de los restos y a
la evolución histórica del yacimiento.


— Finalizada la intervención arqueológica, se realizará por la empresa adjudicataria
la entrega del informe técnico exigido por la legislación vigente (artículo 9 del
Decreto 93/1997, regulador de la Actividad Arqueológica en Extremadura),
junto al compromiso de entrega en plazo de la Memoria Final de la intervención
arqueológica (artículo 10 del Decreto 93/1997, regulador de la Actividad
Arqueológica en Extremadura) en formato publicable conforme a las normas de
edición de la series oficiales de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural (Extremadura Arqueológica o Memorias de Arqueología en
Extremadura). Evaluada la viabilidad de la documentación entregada, se emitirá
en función de las características de los restos documentados, autorización
por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural para el
tratamiento de las estructuras localizadas con carácter previo a la continuación de
las actuaciones en este punto, previa solicitud por parte de la empresa ejecutora
de las obras.



— Medidas correctoras de carácter general:



• Dada la cercanía de la instalación prevista respecto a numerosos elementos
de naturaleza arqueológica y a la superficie abarcada por la zona de estudio,
con vistas a la protección del patrimonio arqueológico no detectado durante los
trabajos previos y que pudiera verse afectado por el proceso de ejecución de
las obras, se adoptarán por la empresa adjudicataria las siguientes medidas
preventivas:



A. Durante la fase de ejecución de las obras será obligatorio un control y seguimiento arqueológico por parte de técnicos cualificados de todos los mo-