Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2020062207)
Resolución de 9 de octubre de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 8 del Plan General Municipal de Higuera la Real. Expte.: IA19/1148.
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NÚMERO 214
Jueves, 5 de noviembre de 2020

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de usos y se va a favorecer la proliferación de edificaciones, construcciones e instalaciones en parcelas, que anteriormente por su superficie no podrían instalarse, ocasionando efectos acumulativos sobre los factores ambientales, principalmente, suelo,
vegetación y hábitats naturales de interés comunitario, derivando en una pérdida de
funcionalidad de los mismos.
Como consecuencia del incremento de la intensidad de usos y la proliferación de
edificaciones, construcciones e instalaciones en el Suelo No Urbanizable, otro
efecto ambiental producido es el impacto paisajístico, ya que Higuera la Real se
caracteriza por presentar una gran superficie de dehesa en buen estado de
conservación, algunas zonas de elevados valores paisajísticos y zonas de topografía accidentada.
La ocupación y el uso de los terrenos clasificados como Suelo No Urbanizable
deben producirse y desarrollarse siempre con arreglo a los principios de desarrollo del medio rural adecuado a su carácter propio y utilización racional de los
recursos naturales.
Otros aspectos de la modificación se consideran que no afectarían de forma apreciable al medio ambiente, como por ejemplo la reducción del retranqueo a linderos de la
parcela a 3 metros y a 5 metros al eje de caminos.
En el término municipal de Higuera la Real no existen montes gestionados por la
Dirección General de Política Forestal.
El ámbito de actuación de la modificación puntual no se encuentra incluido en la Zona
de Alto Riesgo de Incendios Forestales. El municipio de Higuera la Real, cuenta con
Plan Periurbano de Prevención de Incendios Forestales en trámite de resolución.
En el término municipal de Higuera la Real, donde se ubica la actuación, no es de
aplicación la normativa expresada en la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, aprobada por Decreto 12 de enero de 1973 a efectos de Concentración Parcelaria, Zonas
Regables Oficiales y Expropiaciones de Interés Social, ni lo preceptuado en los Títulos
IV y V de la Lay 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.
En lo que respecta al Patrimonio Arqueológico, la modificación propuesta, no supone
una incidencia directa sobre las áreas catalogadas, hasta la fecha, en los inventarios
de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, en el término
municipal de referencia. En cuanto a la protección del Patrimonio Arqueológico, se
considera favorable.
La modificación puntual puede provocar algunos efectos medioambientales adversos
significativos muy importantes, aumento de vertidos, aumento de la generación de
residuos, destrucción de la vegetación autóctona, destrucción de hábitats naturales