Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2020062207)
Resolución de 9 de octubre de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 8 del Plan General Municipal de Higuera la Real. Expte.: IA19/1148.
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NÚMERO 214
Jueves, 5 de noviembre de 2020

40067

de interés comunitario, destrucción de zonas de alimentación y campeo de especies
protegidas, aumento de la ocupación del suelo, ruidos, impacto paisajístico, etc. los
cuales deberán estudiarse de una manera más exhaustiva.
Esta Modificación establece el marco para la autorización de proyectos legalmente
sometidos a evaluación de impacto ambiental, incluidos entre los anexos de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, por lo que cualquier proyecto de actividad que se pretenda realizar en
este suelo deberá contar con los instrumentos de intervención ambiental pertinentes,
que permitan establecer los sistemas de prevención de impactos por emisiones, inmisiones o vertidos de sustancias o mezclas potencialmente contaminantes.
Dado el alcance de la modificación propuesta y la calidad ambiental de la zona, la
modificación puntual puede afectar significativamente a los valores ambientales
presentes en el término municipal.
Los aspectos ambientales deben ser integrados adecuadamente en la modificación
puntual propuesta, para que ésta se desarrolle de una forma sostenible. Por ello será
necesario llevar a cabo la evaluación ambiental de forma que se determinen las
zonas con presencia de valores que se puedan ver afectados significativamente, así
como la forma para acoger las modificaciones propuestas, previniendo y corrigiendo
posibles afecciones.

4. Conclusiones.
En virtud de lo expuesto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad considera que la modificación puntual n.º 8 del Plan
General Municipal de Higuera la Real debe someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria prevista en la Subsección 1.ª, de la Sección 1.ª del Capítulo VII del Título I
de la Ley de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura porque
pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
Junto a este Informe se ha elaborado el documento de alcance del estudio ambiental
estratégico, teniendo en cuenta el resultado de las consultas realizadas en base al artículo
51 de Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, que se hará público a través de la página web de la Dirección General de
Sostenibilidad (http://extremambiente.juntaex.es).
El informe ambiental estratégico se hará público a través del Diario Oficial de Extremadura y de
la página web de la Dirección General de Sostenibilidad (http://extremambiente.juntaex.es),
dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 52 apartado 3 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.