Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud Pública. Intervención Administrativa. (Suplemento DOE). (2020062367)
Resolución de 4 de noviembre de 2020, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 4 de noviembre de 2020, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se adoptan medidas especiales de intervención administrativa de carácter específico y temporal para la contención del brote epidémico de la pandemia COVID-19 en los municipios de Jarandilla de la Vera, Usagre, Guareña, Plasencia, Villafranca de las Barros, Villalba de los Barros, Fuenlabrada de los Montes, Miajadas, Zafra y en la zona de salud de Aldeanueva del Camino, integrada por los municipios de Abadía, Aldeanueva del Camino, Casas del Monte, Gargantilla, La Granja y Segura de Toro.
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SUPLEMENTO NÚMERO 214
Jueves, 5 de noviembre de 2020

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Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, bajo la presidencia del Ministro de
Sanidad, podrá adoptar cuantos Acuerdos procedan, incluidos, en su caso, el establecimiento
de indicadores de referencia y criterios de valoración del riesgo.
Así pues, en este contexto, en su sesión de 22 de octubre de 2020, el pleno del Consejo
Interterritorial del Sistema Nacional de Salud aprueba el documento “Actuaciones de
respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19”, texto en el que se
proponen a las autoridades competentes en cada Comunidad Autónoma unos indicadores de
referencia y criterios de valoración del riesgo, comunes para todo el territorio nacional, para
determinar el nivel de alerta por COVID-19 en el que se encuentra un ámbito territorial
concreto, con la finalidad de orientar sobre la naturaleza más o menos restrictiva de las
medidas en materia de salud pública a implementar en el territorio evaluado.
De conformidad con los parámetros establecidos en el referido documento, la Dirección
General de Salud Pública en sus informes epidemiológicos de 3 de noviembre de 2020,
concluye que los municipios de Jarandilla de la Vera, Usagre, Guareña, Plasencia, Villafranca de las Barros, Villalba de los Barros, Fuenlabrada de los Montes, Miajadas y Zafra y la
zona de salud de Aldeanueva del Camino, integrada por los municipios de Abadía, Aldeanueva del Camino, Casas del Monte, Gargantilla, La Granja y Segura de Toro se encuentran en un nivel de alerta 3, próximo al 4, el máximo de la escala, proponiéndose a tal
efecto la adopción de medidas asimiladas a la fase I del proceso de desescalada aplicado
mientras estuvo vigente el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de
14 de marzo.
Hilvanando con lo señalado, en el contexto en el que nos encontramos la intervención
temprana se ha demostrado como una herramienta fundamental para evitar la propagación
del coronavirus Sars-Cov-2. Por ello, por parte de la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales se ha trasladado a este Consejo de Gobierno la necesidad de adoptar medidas de
intervención administrativa de carácter específico para corregir esta situación ya que o bien
las medidas ordinarias adoptadas hasta la fecha con carácter generalizado para nuestra
región en los municipios de Miajadas, Zafra y en la zona de salud de Aldeanueva del Camino, no están resultando suficientes, o bien los resultados obtenidos tras la implantación de
medidas específicas en las localidades de Guareña, Plasencia, Jarandilla de la Vera, Usagre,
Villafranca de los Barros, Villalba de los Barros y Fuenlabrada de los Montes no están siendo los inicialmente perseguidos. Por ello, en los municipios en los que ya se habían implementado medidas bien de fase 1, bien de fase 2, se hace preciso establecer por primera
vez o mantener a los mismos un régimen especial de medidas asimiladas a las previstas en
la “fase 1”, durante un período adicional de 14 días.
En los municipios en los que se establecen medidas por primera vez, estas se adoptan por un
período de 28 días, correspondiente a la suma de dos períodos de 14 días de incubación
máximo de la enfermedad, tenido en cuenta que la experiencia en la implementación de