Autoridades Y Personal. Oposiciones Y Concursos. Universidad De Extremadura. Pruebas Selectivas.- (2020062308)
Resolución de 23 de octubre de 2020, de la Gerencia, por la que se anuncia la convocatoria de pruebas selectivas, por promoción interna, en el puesto del personal laboral de Administración y Servicios, mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 214
Jueves, 5 de noviembre de 2020

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la consideración de no aptas a todos los efectos, siendo eliminadas del proceso selectivo, disponiendo de un plazo de cinco días hábiles para efectuar reclamaciones ante el
órgano de selección.

Décima. Lista de personas aprobadas y valoración de méritos de la fase de
concurso.
10.1. La lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública,
una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición, en el lugar o lugares de
celebración de éstos, en la sede del órgano de selección y en aquellos otros que estime
oportunos, y comprenderá a las personas aspirantes que superen el mismo, facultando
a las personas interesadas para poner reclamación ante el órgano de selección en un
plazo de cinco días hábiles.
10.2. Finalizadas ambas fases, el órgano de selección hará pública la relación de personas
aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. En esta lista las personas aspirantes aparecerán ordenadas por la puntuación total obtenida en el proceso y, asimismo,
figurarán las puntuaciones totales obtenidas en cada fase. En caso de empate, el orden
final se establecerá atendiendo, sucesivamente, a la mayor puntuación obtenida en el
segundo ejercicio. Si persistiese el empate, éste se dirimirá atendiendo al primero y
fase de concurso, respectivamente, y si éste persistiera, se tendrán en cuenta para
establecer el orden final los siguientes criterios:
— Mayor antigüedad en la Universidad de Extremadura.
— Mayor antigüedad en otras Universidades públicas o Instituciones de Educación
Superior.
— Mayor grado de titulación académica.
— El orden de actuación de las personas opositoras conforme a lo manifestado en la
base 9.4.
En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de puestos de
trabajo convocados, siendo nula de pleno derecho cualquier relación de personas aspirantes cuyo número supere al de puestos convocados.
La motivación de dicha lista, en cuanto acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica del órgano de selección, pone fin al proceso selectivo, y estará referida al
cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
10.3. El órgano de selección elevará al Rectorado, finalmente, la correspondiente propuesta
de contratación como personal laboral fijo de la Universidad de Extremadura, a favor
de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.