Disposiciones Generales. Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Pymes. Ayudas.- (2020050196)
Orden de 29 de octubre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la puesta en marcha de un Programa para la mejora competitiva de la Pyme extremeña.
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NÚMERO 214
Jueves, 5 de noviembre de 2020
39830
Artículo 11. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.
1. Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria y durante el periodo de vigencia que se establezca en la misma, que
no será inferior a un mes ni superior a un año.
2. Las solicitudes, en modelo normalizado acompañadas de la documentación establecida
en el artículo anterior, se presentarán a través de la sede electrónica corporativa de la
Junta de Extremadura y se dirigirán a la Consejería con competencias en materia de
empresa. La información referente a la tramitación del procedimiento también podrá
ser consultada a través del Portal Ciudadano de la Junta de Extremadura que se
encuentra ubicado en la dirección de internet: http://ciudadano.juntaex.es. Caso de
que no estén habilitados los medios necesarios, la solicitud deberá presentarse de
acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre,
por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. En el caso en que no estuviesen habilitados los medios tecnológicos necesarios, lo cual
se especificará en la resolución de convocatoria, la solicitud deberá presentarse de
acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre,
por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 12. Forma de presentación de las solicitudes.
1. Las solicitudes serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se describe en
este artículo y el plazo que se establece en el artículo anterior.
Presentación de la solicitud de la ayuda:
a. El solicitante debe cumplimentar el formulario de solicitud de la ayuda, disponible en la
sede electrónica https://sede.gobex.es, con la información requerida y adjuntar los
documentos que correspondan.
b. La solicitud debe completarse mediante la firma electrónica del solicitante o su representante.
Jueves, 5 de noviembre de 2020
39830
Artículo 11. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.
1. Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria y durante el periodo de vigencia que se establezca en la misma, que
no será inferior a un mes ni superior a un año.
2. Las solicitudes, en modelo normalizado acompañadas de la documentación establecida
en el artículo anterior, se presentarán a través de la sede electrónica corporativa de la
Junta de Extremadura y se dirigirán a la Consejería con competencias en materia de
empresa. La información referente a la tramitación del procedimiento también podrá
ser consultada a través del Portal Ciudadano de la Junta de Extremadura que se
encuentra ubicado en la dirección de internet: http://ciudadano.juntaex.es. Caso de
que no estén habilitados los medios necesarios, la solicitud deberá presentarse de
acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre,
por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. En el caso en que no estuviesen habilitados los medios tecnológicos necesarios, lo cual
se especificará en la resolución de convocatoria, la solicitud deberá presentarse de
acuerdo con lo previsto en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre,
por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 12. Forma de presentación de las solicitudes.
1. Las solicitudes serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se describe en
este artículo y el plazo que se establece en el artículo anterior.
Presentación de la solicitud de la ayuda:
a. El solicitante debe cumplimentar el formulario de solicitud de la ayuda, disponible en la
sede electrónica https://sede.gobex.es, con la información requerida y adjuntar los
documentos que correspondan.
b. La solicitud debe completarse mediante la firma electrónica del solicitante o su representante.