Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Currículo.- (2020040077)
Decreto 63/2020, de 28 de octubre, por el que se establece el currículo del título de Técnico en Emergencias y Protección Civil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 214
Jueves, 5 de noviembre de 2020

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civil para su convalidación o exención queda determinada en el anexo IV A) del Real
Decreto 907/2013, de 22 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico en
Emergencias y Protección Civil y se fijan los aspectos básicos del currículo.
5. La correspondencia de los módulos profesionales que conforman las enseñanzas de este
título con las unidades de competencia para su acreditación, queda determinada en el
anexo IV B) del Real Decreto 907/2013, de 22 de noviembre.

Artículo 9. Metodología didáctica.
1. La metodología didáctica debe adaptarse a las peculiaridades colectivas del grupo, así
como a las peculiaridades individuales.
2. La tutoría, la orientación profesional y la formación para la inserción laboral, forman parte
de la función docente y serán desarrolladas de modo que al finalizar el ciclo formativo el
alumnado alcance la madurez académica y profesional. Corresponde a los equipos educativos la programación de actividades encaminadas a conseguir la optimización de los
procesos de formación del alumnado.
3. La función docente incorporará la formación en prevención de riesgos laborales, tecnologías de la información y la comunicación, fomento de la cultura emprendedora, la creación
y gestión de empresas y en materia de igualdad entre hombres y mujeres, dentro de cada
módulo profesional y serán consideradas como áreas prioritarias.

Artículo 10. Especialidades del profesorado.
1. Las especialidades del profesorado de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de Formación Profesional, según proceda, con atribución docente en los módulos profesionales relacionados
en el artículo 3.1 son las establecidas en el anexo III. A) Real Decreto 907/2013, de 22 de
noviembre, por el que se establece el título de Técnico en Emergencias y Protección Civil y
se fijan los aspectos básicos del currículo. Las titulaciones requeridas al profesorado de los
centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras Administraciones distintas
de las educativas para impartir dichos módulos son las que se concretan en el anexo III.
C) del referido real decreto.
2. Las especialidades y, en su caso, las titulaciones del profesorado con atribución docente en
los módulos profesionales incluidos en el artículo 3.2 de este decreto son las que se determinan en el anexo IV del presente decreto.