Disposiciones Generales. Consejería De Educación Y Empleo. Currículo.- (2020040077)
Decreto 63/2020, de 28 de octubre, por el que se establece el currículo del título de Técnico en Emergencias y Protección Civil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 214
Jueves, 5 de noviembre de 2020
39845
Artículo 3. Módulos profesionales
Los módulos profesionales que constituyen el ciclo formativo son los siguientes:
1. Los incluidos en el Real Decreto 907/2013, de 22 de noviembre, es decir:
1528. Mantenimiento y comprobación del funcionamiento de los medios materiales
empleados en la prevención de riesgos de incendios y emergencias.
1529. Vigilancia e intervención operativa en incendios forestales.
1530. Intervención operativa en extinción de incendios urbanos.
1531. Intervención operativa en sucesos de origen natural, tecnológico y antrópico.
1532. Intervención operativa en actividades de salvamento y rescate.
1533. Inspección de establecimientos, eventos e instalaciones para la prevención de
incendios y emergencias.
0055. Atención sanitaria inicial en situaciones de emergencia.
0058. Apoyo psicológico en situaciones de emergencia.
1534. Coordinación de equipos y unidades de emergencia.
1535. Formación y orientación laboral.
1536. Empresa e iniciativa emprendedora.
1537. Formación en centros de trabajo.
2. Los que son propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
9000. Inglés.
Artículo 4. Aspectos del currículo.
1. La contribución a la competencia general y a las competencias profesionales, personales y
sociales, los objetivos expresados en términos de resultados de aprendizaje, los criterios
de evaluación, y las orientaciones pedagógicas del currículo del ciclo formativo para los
módulos profesionales relacionados en el artículo 3.1 de este decreto son los definidos en
el Real Decreto 907/2013, de 22 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico en Emergencias y Protección Civil y se fijan los aspectos básicos del currículo.
Jueves, 5 de noviembre de 2020
39845
Artículo 3. Módulos profesionales
Los módulos profesionales que constituyen el ciclo formativo son los siguientes:
1. Los incluidos en el Real Decreto 907/2013, de 22 de noviembre, es decir:
1528. Mantenimiento y comprobación del funcionamiento de los medios materiales
empleados en la prevención de riesgos de incendios y emergencias.
1529. Vigilancia e intervención operativa en incendios forestales.
1530. Intervención operativa en extinción de incendios urbanos.
1531. Intervención operativa en sucesos de origen natural, tecnológico y antrópico.
1532. Intervención operativa en actividades de salvamento y rescate.
1533. Inspección de establecimientos, eventos e instalaciones para la prevención de
incendios y emergencias.
0055. Atención sanitaria inicial en situaciones de emergencia.
0058. Apoyo psicológico en situaciones de emergencia.
1534. Coordinación de equipos y unidades de emergencia.
1535. Formación y orientación laboral.
1536. Empresa e iniciativa emprendedora.
1537. Formación en centros de trabajo.
2. Los que son propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
9000. Inglés.
Artículo 4. Aspectos del currículo.
1. La contribución a la competencia general y a las competencias profesionales, personales y
sociales, los objetivos expresados en términos de resultados de aprendizaje, los criterios
de evaluación, y las orientaciones pedagógicas del currículo del ciclo formativo para los
módulos profesionales relacionados en el artículo 3.1 de este decreto son los definidos en
el Real Decreto 907/2013, de 22 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico en Emergencias y Protección Civil y se fijan los aspectos básicos del currículo.