Otras Resoluciones. Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Ayudas.- (2020061694)
Resolución de 1 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas individualizadas destinadas a sufragar los gastos del transporte y/o el comedor escolar para el alumnado participante en el programa de apoyo socioeducativo REMA (Refuerzo, Estímulo y Motivación para el Alumnado) en centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2020/21.
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NÚMERO 196
Jueves, 8 de octubre de 2020

35142

— Secretario: Un funcionario de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa,
designado por su titular.
Los nombramientos serán publicados en el Diario Oficial de Extremadura, antes del inicio
de las actuaciones.
3. En caso de ausencia, vacante o enfermedad, tanto los vocales como el secretario podrán
ser sustituidos por funcionarios adscritos a la Dirección General de Innovación e Inclusión
Educativa, publicándose en los tablones de anuncios de la Consejería de Educación y
Empleo así como en las Delegaciones Provinciales. Esta circunstancia se hará constar en la
resolución por la que se haga pública la composición de la Comisión de Valoración.
4. La Comisión de Valoración tendrá las siguientes atribuciones:
a) Análisis de la documentación presentada por los solicitantes, para lo que podrá recabar
la colaboración de los servicios de las Delegaciones Provinciales de Educación.
b) Petición de informes y documentos que se estimen necesarios para un mejor conocimiento y valoración de las solicitudes, dentro de los límites establecidos por el artículo
53.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
c) Formulación del informe en el que se concrete el resultado de la valoración efectuada para elevarlo al órgano instructor que emitirá la correspondiente propuesta de
resolución.
5. Tras la evaluación y examen de las solicitudes, la Comisión de Valoración emitirá un informe, en el que se concretará el resultado de la evaluación efectuada, con indicación de los
beneficiarios y las cuantías a conceder, como de aquel alumnado excluido, indicando en
este caso, los motivos de denegación.

Duodécimo. Propuesta, resolución y notificación
1. A la vista del informe de la Comisión de Valoración y sin separarse de él, el titular del
Servicio de Programas Educativos y Atención a la Diversidad formulará propuesta de resolución al Director General de Innovación e Inclusión Educativa que dictará la resolución
que proceda.
2. La concesión de las ayudas se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, excepto en
los supuestos previstos en el artículo 17.2 c) y d), de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que será sustituida por la
publicidad en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales, sin perjuicio de su