Otras Resoluciones. Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Ayudas.- (2020061694)
Resolución de 1 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas individualizadas destinadas a sufragar los gastos del transporte y/o el comedor escolar para el alumnado participante en el programa de apoyo socioeducativo REMA (Refuerzo, Estímulo y Motivación para el Alumnado) en centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2020/21.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 196
Jueves, 8 de octubre de 2020

35139

remitirá a la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa (Servicio de Programas Educativos y Atención a la Diversidad, Avda. Valhondo, s/n, Módulo 5 - planta 4.ª 06800, de Mérida) junto con la siguiente documentación:
— Certificación de la Dirección del centro, referida al número total de solicitudes presentadas, con indicación del nombre y apellidos del alumnado solicitante de la ayuda.
— Certificación de horario de permanencia en el centro del alumnado para el que solicita
la ayuda.

Octavo. Vigencia de la convocatoria y lugar de presentación de solicitudes.
1. El plazo máximo de vigencia de la presente convocatoria a efectos de presentación de solicitudes coincidirá con la duración del Programa REMA en el curso escolar 2020-21, esto
es, desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial
de Extremadura y del extracto de la misma de conformidad con lo previsto en el artículo
16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, hasta el 15 de junio de 2021, o hasta agotarse el crédito previsto en esta
convocatoria.
Como consecuencia de este último supuesto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no proceder a
su ampliación, se declarará terminado el plazo de vigencia de la convocatoria mediante la
publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones del preceptivo anuncio, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes que se presenten después.
2. Las solicitudes podrán ser presentadas en los registros de la Consejería de Educación y
Empleo, en los Centros de Atención Administrativa, en las Oficinas de Respuesta Personalizada, o en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta el Sistema de Registro Único y se
regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 16
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Noveno. Financiación.
Para la financiación de esta convocatoria se destinará la cantidad total de ciento cincuenta
mil euros (150.000 euros), con cargo a la posición presupuestaria 13.005.222G.481.00,
proyecto 20060133.