Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2020061853)
Resolución de 24 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la ejecución del Programa de Acompañamiento de las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas.
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NÚMERO 193
Lunes, 5 de octubre de 2020

34103

Sexta. Pago y forma de justificación de las aportaciones dinerarias.
1. Los pagos se harán efectivos, con carácter general, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan
de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
el año 2005. De esta forma:
No obstante lo anterior, se establecen los siguientes requisitos previos a los abonos
correspondientes:
a) A la firma del presente convenio se procede a tramitar el pago del primer 25 % del
importe total de la transferencia específica indicada en la cláusula primera.
b) Se procederá al abono de un segundo 25 % del importe total, en el primer trimestre a
partir de la fecha de eficacia del presente convenio.
c) Cuando se aporte justificación correspondiente al 25 % del importe total de la transferencia específica, se procederá al abono del tercer 25 % del importe total.
d) Cuando se aporte justificación correspondiente al 50 % del importe total de la transferencia específica, se procederá al abono del último 25 % del importe total.
En todo caso, las justificaciones a presentar por Extremadura Avante Servicios Avanzados
a Pymes, SLU, a efectos de proceder al abono del último anticipo que corresponda, deberán presentarse antes del 15 de diciembre de 2020.
2. Los últimos gastos pendientes de justificar, se deberán presentar antes del día 28 de
febrero de 2021, conforme a las instrucciones que se adjuntan como anexo II de este
convenio.
3. No obstante, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU, previo informe
favorable de la Comisión de Seguimiento, y mediante escrito dirigido al órgano gestor,
podrá renunciar, siempre que esté suficientemente motivado, hasta el 50 % del importe
total de la transferencia, si manifiesta que no va a ejecutar gasto por el importe total
consignado, al que se acompañará de una certificación del representante legal de la
misma, en la que conste el porcentaje máximo que la entidad va a destinar a la ejecución del convenio. El centro gestor procederá a la anulación de los saldos del compromiso de gasto correspondiente.
Presentada dicha renuncia, cualquier porcentaje de gasto realizado que supere al comunicado al centro gestor, será por cuenta de Extremadura Avante Servicios Avanzados a
Pymes, SLU.