Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2020061853)
Resolución de 24 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la ejecución del Programa de Acompañamiento de las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas.
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NÚMERO 193
Lunes, 5 de octubre de 2020

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documentos generados por la ejecución de las actividades descritas en este convenio, de
conformidad con lo establecido en su cláusula undécima.
Particularmente, se hará mención a la marca promocional “Alimentos de Extremadura” en
todos los soportes promocionales que se produzcan en el marco de las actividades previstas
en el presente convenio. A tales fines, deberán ser respetadas las normas y prescripciones
establecidas en el Manual de Identidad Corporativa de la marca.

Quinta. Ejecución del programa y forma de justificar la transferencia específica.
Las actuaciones a financiar con cargo a la transferencia específica deberán ser realizadas
desde la fecha de eficacia del presente convenio y el 31 de diciembre de 2020, ambos
incluidos.
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU ejecutará las actividades mencionadas en la cláusula segunda siguiendo el desglose de tareas y de importes que figuran en el
anexo I. Asimismo, informará sobre el nivel de logro en base a los indicadores establecidos
en dicho anexo I.
No obstante lo anterior, podrán producirse desviaciones en los importes de cada una de las
actividades previstas, siempre con el límite del importe fijado para esta transferencia. A tales
fines, se podrán celebrar adendas al presente convenio para modificar el contenido del
mismo. A estos efectos, no se entiende necesaria la formalización de adenda para el supuesto contemplado en el párrafo anterior, cuando las posibles variaciones no superen el 20 %
del presupuesto entre las diferentes actividades, siempre que previamente sean acordadas
por la Comisión de Seguimiento.
La justificación de los gastos deberá realizarse conforme a las instrucciones indicadas en el
anexo II del presente convenio, así como las medidas que garanticen su trazabilidad recogidas en el mismo (Cuadro resumen de actuaciones; Relación de facturas imputadas y justificantes de pago; Relación de subvenciones imputadas a la transferencia).
La Sociedad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU llevará una contabilidad
y facturación pormenorizada y separada para esta transferencia. En todo caso dispondrá de
un sistema de contabilidad analítica de las actuaciones realizadas a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.
Asimismo, deberán conservar los expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme
se establece en las instrucciones indicadas en el anexo II del presente convenio, que estarán
a disposición de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, de los órganos de
fiscalización y control financiero durante un plazo de cinco años desde la finalización de su
vigencia.