Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2020061853)
Resolución de 24 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la ejecución del Programa de Acompañamiento de las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas.
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NÚMERO 193
Lunes, 5 de octubre de 2020

34118

En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el
importe del documento de gasto (pago agrupado), se deberá remitir un desglose de los
pagos efectuados donde pueda identificarse el documento de gasto en cuestión. Dicho
desglose deberá estar sellado por el banco (la suma del desglose bancario deberá
coincidir con el importe reflejado en el pago agrupado).
2.2. Salarios y cargas sociales imputables.
Los gastos de salarios se realizarán de acuerdo con la normativa en materia de
cotizaciones a la Seguridad Social, de conformidad con los grupos de cotización que
correspondan y de retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
En las hojas de liquidación de dietas y desplazamientos se deberá especificar con
claridad y precisión el objeto y necesidad del gasto.
2.3. Facturas.
Los gastos se deben justificar con facturas oficiales, así como documentos de
contabilidad y apoyo con valor probatorio equivalente. En todo caso las facturas
deberán cumplir lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por
el que se regulan las obligaciones de facturación.
Una vez realizado el servicio o entregado el suministro o la obra correspondiente, para
que la factura emitida pueda ser conformada por el responsable de la entidad ha de
reunir siempre los siguientes requisitos:

Ha de ser emitida a favor de la entidad que ha contratado el servicio, suministro
o la obra.


El N.I.F. de la entidad contratante.



El nombre de la empresa y N.I.F., según sea persona física o jurídica.



Fecha.



Número de factura.



Detalle por unidades e importes.



Detalle de si el I.V.A. está incluido o fraccionado.


Cada factura ha de ser original y antes de proceder a conformarla ha de
comprobarse que el importe de la misma es correcto.
2.4. Otros gastos.
Para la documentación acreditativa del resto de gastos debe tenerse en cuenta:
-Amortización del equipamiento que el programa requiera: El cálculo de las cuotas de
amortización se determinarán de conformidad con lo establecido en las órdenes