Otras Resoluciones. Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Formación. Remuneración.- (2020061232)
Resolución de 29 de junio de 2020, de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitaria y Sociosanitaria, por la que se establecen los criterios y el baremo de remuneraciones por colaboración en actividades de formación y perfeccionamiento organizadas por la Escuela de Ciencias de la Salud y de la Atención Sociosanitaria.
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NÚMERO 131
Miércoles, 8 de julio de 2020

23682

la existencia de unidades de formación en cada Área de Salud, que participan en la
elaboración y ejecución del Plan Anual de Formación de la Consejería de Sanidad y
Servicios Sociales, lo que implica la coexistencia de múltiples agentes cuya actuación es
preciso coordinar para una indispensable unificación de criterios, así como la premisa de
unas remuneraciones específicas que deben matizar en algunos aspectos las determinadas en otros ámbitos sectoriales.
En virtud de lo expuesto, previo informe preceptivo y favorable, de fecha 25 de junio de
2020, de la Secretaria General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, esta
Dirección General,

RESUELVE:

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente resolución tiene como objeto establecer los criterios y determinar el baremo
de remuneraciones por colaboración de carácter no permanente ni habitual en actividades de formación y perfeccionamiento a todos los intervinientes en la planificación,
desarrollo y ejecución de las acciones formativas incluidas en los planes de formación
de la Escuela de Ciencias de la Salud y de la Atención Sociosanitarias (en adelante
ECSAS).
2. El baremo de remuneraciones por colaboraciones de carácter no permanente ni habitual en las actividades organizadas por la ECSAS se adjunta como anexo a la presente
resolución.
3. Esta resolución será de aplicación a todas las actividades formativas que organice o
promueva la ECSAS, dependiente de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales,
incluyendo a los planes de formación continuada y las actividades formativas del
Programa Común Complementario de los especialistas en formación en Ciencias de la
Salud.

Segundo. Modalidades formativas.
1. Las acciones formativas podrán ejecutarse en modalidad presencial, semipresencial y
online.
2. La modalidad semipresencial conllevará parte presencial y parte online o a distancia.
3. La modalidad online podrá ser desarrollada mediante el uso de la plataforma Moodle o
similar (plataforma no masiva) o mediante el uso de la plataforma de cursos masivos.