Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Infraestructura Hidráulica. Ayudas.- (2020061170)
Resolución de 26 de junio de 2020, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para la creación de infraestructuras de almacenamiento y regulación de agua en las zonas de regadíos tradicionales de montaña.
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NÚMERO 130
Martes, 7 de julio de 2020

23403

Subvenciones de la Comunidad Autónoma, con indicación de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputa, entidades beneficiarias, cantidades
concedidas y finalidades de la subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.1
de la Ley 6/2011, de 23 marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en el Portal Electrónico de la Transparencia y de la Participación Ciudadana, conforme al artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto
de Extremadura y, se remitirán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones a los
efectos de la publicidad en los términos previstos en el artículo 20.8.b) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las autoridades competentes pondrán en práctica sistemas de difusión, información y
publicidad de conformidad con lo establecido por la normativa comunitaria y autonómica al respecto, dirigidos a las posibles entidades beneficiarias de las ayudas de la
presente convocatoria La citada labor de difusión deberá, en todo momento, insistir
en el papel desempeñado por la Unión Europea en las medidas cofinanciadas por el
FEADER.
2. Las entidades beneficiarias estarán obligadas a llevar a cabo las medidas de información y publicidad, acerca del carácter público de la financiación de las actividades
objeto de subvención, contempladas en el apartado 2 del anexo III del Reglamento
(CE) n.º 808/2014, de la Comisión de 17 de julio, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1305/2013, en concreto están obligadas a:
a. Colocar una placa explicativa, cuando una operación dé lugar a una inversión cuyo
coste total supere los 50.000 €, cuyo tamaño variará en función del importe de la
subvención.
b. Instalar una valla publicitaria en las infraestructuras cuyo coste total supere los
500.000 €.
En las placas o vallas figurara una descripción del proyecto o de la operación, así
como la bandera europea y una explicación del papel desempeñado por la Comunidad a través del siguiente lema: Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural “Europa
invierte en las zonas rurales”. Esta información ocupará como mínimo el 25 % de la
placa o valla publicitaria.
3. Asimismo, deberán adoptar las medidas de identificación, información y publicidad reguladas en el artículo 3 del Decreto 50/2001, de 3 de abril, el cual establece una serie de obligaciones específicas para la colocación de carteles, vallas y placas a cargo de las entidades beneficiarias de ayudas concedidas por la Junta de Extremadura cuya cuantía neta sea
superior a 6.000,00 €.