Otras Resoluciones. Presidencia De La Junta. Agrupaciones De Entidades Locales. Ayudas.- (2020061235)
Resolución de 23 de junio de 2020, de la Secretaría General, por la que se convocan, en colaboración con las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres, ayudas destinadas al fomento de agrupaciones para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención, durante el ejercicio 2020.
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NÚMERO 130
Martes, 7 de julio de 2020
23307
Estas ayudas serán objeto de coordinación con las ayudas que, con el mismo fin, se establezcan por las Diputaciones Provinciales conforme a los convenios que a tal efecto se suscriban
con las mismas, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 5/1990, de 30
de noviembre, que regulan las relaciones interadministrativas entre las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres y la Comunidad Autónoma de Extremadura y en todo aquello en
que no se opone a la reciente Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía
municipal de Extremadura. A tal efecto anualmente se firma Convenio Interadministrativo de
Cooperación entre las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres y la Junta de Extremadura sobre fomento de las Agrupaciones para el sostenimiento en común de un puesto de
Secretaría e Intervención, como herramienta de asistencia y cooperación jurídica, económica
y técnica con los municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión.
Las ayudas que contempla la presente resolución contribuyen al objetivo fundamental de
fijación de la población en el medio rural, debido a que la situación actual en la Comunidad
Autónoma de Extremadura manifiesta la existencia de muchos municipios cuyos recursos son
insuficientes para mantener el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención, el cual está
reservado legalmente a personal de habilitación de carácter nacional; situación que se agrava dada la escasez de funcionarios de esta naturaleza. Estos hechos, junto a la dispersión
geográfica y la baja población de muchos municipios extremeños, motivan la constitución de
agrupaciones, a cuyo fomento se dirigen las subvenciones convocadas por esta norma. Por
ese motivo, esta actuación se considera una medida adecuada de la política de la Junta de
Extremadura ante el reto demográfico y territorial.
Por todo ello, de conformidad con los artículos 58 y 92.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación
con la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que modifica la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primera. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de las Agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría-intervención, de acuerdo con las bases
reguladoras aprobadas mediante el Decreto 50/2017 de 18 de abril, por el que se regulan las
ayudas para el fomento de las Agrupaciones de Entidades Locales para el sostenimiento en
común del puesto de Secretaría-Intervención (DOE n.º 78, de 25 de abril).
Martes, 7 de julio de 2020
23307
Estas ayudas serán objeto de coordinación con las ayudas que, con el mismo fin, se establezcan por las Diputaciones Provinciales conforme a los convenios que a tal efecto se suscriban
con las mismas, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 5/1990, de 30
de noviembre, que regulan las relaciones interadministrativas entre las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres y la Comunidad Autónoma de Extremadura y en todo aquello en
que no se opone a la reciente Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía
municipal de Extremadura. A tal efecto anualmente se firma Convenio Interadministrativo de
Cooperación entre las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres y la Junta de Extremadura sobre fomento de las Agrupaciones para el sostenimiento en común de un puesto de
Secretaría e Intervención, como herramienta de asistencia y cooperación jurídica, económica
y técnica con los municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión.
Las ayudas que contempla la presente resolución contribuyen al objetivo fundamental de
fijación de la población en el medio rural, debido a que la situación actual en la Comunidad
Autónoma de Extremadura manifiesta la existencia de muchos municipios cuyos recursos son
insuficientes para mantener el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención, el cual está
reservado legalmente a personal de habilitación de carácter nacional; situación que se agrava dada la escasez de funcionarios de esta naturaleza. Estos hechos, junto a la dispersión
geográfica y la baja población de muchos municipios extremeños, motivan la constitución de
agrupaciones, a cuyo fomento se dirigen las subvenciones convocadas por esta norma. Por
ese motivo, esta actuación se considera una medida adecuada de la política de la Junta de
Extremadura ante el reto demográfico y territorial.
Por todo ello, de conformidad con los artículos 58 y 92.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación
con la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que modifica la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primera. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de las Agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría-intervención, de acuerdo con las bases
reguladoras aprobadas mediante el Decreto 50/2017 de 18 de abril, por el que se regulan las
ayudas para el fomento de las Agrupaciones de Entidades Locales para el sostenimiento en
común del puesto de Secretaría-Intervención (DOE n.º 78, de 25 de abril).