Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2020061225)
Resolución de 1 de julio de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura (FUNDESALUD), por el que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo de programas de formación e investigación en ciencias de la salud.
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NÚMERO 130
Martes, 7 de julio de 2020

23340

El Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos,
establece en su artículo 3.2. c) que las órdenes de pago se librarán con carácter general
trimestralmente, por cuartas partes del crédito presupuestario, para su abono dentro del
primer mes de cada trimestre.
Debido a la fecha de suscripción del presente convenio, que impide la aplicación de lo
dispuesto con carácter general en el Decreto 105/2005, de 12 de abril, el abono y justificación de la transferencia específica se realizará en tres pagos, de la siguiente forma:
a) Un primer pago por un importe correspondiente al 50 % del total de la transferencia, que
asciende a 32.562 €, a la firma del convenio.
b) Un segundo pago, correspondiente al 25 % de la cantidad aportada por la Consejería de
Sanidad y Servicios Sociales, por importe de 16.281 €, previa presentación por FUNDESALUD de la documentación justificativa de los gastos y pagos correspondientes a cantidad
igual o superior al 25 % de la financiación del convenio.
c) Un tercer y último pago, correspondiente al 25 % de la cantidad aportada por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por importe de 16.281 €, previa presentación por
FUNDESALUD de la documentación justificativa de los gastos y pagos correspondientes a
cantidad igual o superior al 50 % de la financiación del convenio y que deberá presentarse
antes del 15 de noviembre de 2020.
Los pagos relacionados en las letras b) y c) de este apartado, podrán realizarse en un único
trámite, abonándose el 50 % restante de la transferencia, presentando la documentación
justificativa de gastos y pagos relacionada en la letra c).
En todo caso, y antes del 31 de marzo de 2021, FUNDESALUD deberá justificar documentalmente los gastos y pagos efectuados con cargo al último pago. En igual fecha, deberá
presentar una memoria detallada de las actuaciones realizadas con cargo al presente convenio con la correspondiente relación de las mismas, su objeto y coste, así como del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución del objeto del presente convenio.
La justificación del presente convenio se realizará mediante certificación pormenorizada y
detallada de todos los gastos y pagos, firmada por el Director Gerente de FUNDESALUD,
acompañada de la documentación acreditativa de los mismos.
Podrá ser imputado al presente convenio los gastos derivados de la contratación de 2 técnicos titulados medios (1 técnico de formación y 1 técnico de proyectos de investigación) y de
los costes administrativos de FUNDESALUD, conforme a la memoria justificativa obrante en
el expediente.