Disposiciones Generales. Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Subvenciones.- (2020050133)
Orden de 30 de junio de 2020 que aprueba las bases reguladoras de las ayudas autonómicas del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021.
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NÚMERO 130
Martes, 7 de julio de 2020

23197

calculados, y al resultado de esta operación se aplicará un coeficiente ponderador de
conformidad con la siguiente tabla:

Miembros de la
familia o unidad de
convivencia

ZONA A

ZONA B

1

0,82

0,87

2

0,77

0,82

3

0,72

0,77

4

0,70

0,72

5

0,70

0,70

6 ó más

0,70

0,70

2. A efectos del cálculo de los ingresos anuales ponderados, los municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura se integrarán en dos zonas:
a) Zona A: Almendralejo, Badajoz, Cáceres, Don Benito, Mérida, Navalmoral de la Mata,
Plasencia y Villanueva de la Serena.
b) Zona B: Resto de municipios de Extremadura y entidades locales menores.

Artículo 6. Requisitos para obtener la ayuda.
1. Podrán acceder a la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en esta Orden
aquellas personas o entidades que reúnan los requisitos generales que seguidamente se
relacionan, sin perjuicio de los requisitos específicos y de las salvedades señaladas en
cada programa:
a) Poseer nacionalidad española o tener residencia legal en España, cuando se tratare de
personas físicas.