Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2020061073)
Resolución de 15 de junio de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Atalaya. Expte.: IA16-1538.
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NÚMERO 128
Viernes, 3 de julio de 2020

22840

Durante la información pública realizada en el DOE n.º 241, de 19 de diciembre de
2017 de la aprobación inicial del Plan General Municipal se recibió una alegación, no
siendo de índole ambiental, y siendo estimada por el Ayuntamiento de Atalaya. Y
durante la información pública realizada en el DOE n.º 52, de 15 de marzo de 2019
sobre la aprobación provisional del Plan General Municipal, el Ayuntamiento de Atalaya
certifica que no ha existido ninguna alegación.

e) Previsión de los efectos significativos del Plan General Municipal de Atalaya sobre el medio
ambiente.
Los efectos significativos más relevantes que se derivan del establecimiento del Plan
General Municipal de Atalaya, se exponen a continuación:
Suelo:
El establecimiento de los nuevos desarrollos planteados incluidos como Suelo Urbano
provoca uno de los principales impactos sobre el suelo. Se trata de una afección irreversible sobre el recurso suelo dado que su ocupación supone su pérdida, así como la
modificación de los procesos edafológicos por compactación y sobre las condiciones
geomorfológicas. Será uno de los factores más significativamente afectado por las
actuaciones del Plan.
Se producirán afecciones al suelo en las nuevas áreas de suelo urbano consolidado y no
consolidado. Todo el crecimiento urbanístico se ubica en el entorno más cercano al casco
urbano, en muchos de los casos cuentan ya con construcciones existentes, por lo que se
encuentran ya afectados de algún modo.
Además de las construcciones, el suelo se verá afectado por las infraestructuras creadas
para los accesos, abastecimiento y saneamiento de las nuevas zonas creadas. Otro impacto generado sobre el suelo por el desarrollo del Plan General son los vertidos producidos
durante la fase de ejecución de las nuevas áreas a urbanizar así como los derivados de las
zonas industriales designadas por el Plan.
Con respecto a los usos actuales del suelo, los cambios previstos en el planeamiento
vigente provocarán modificaciones de éstos de forma que se pierda, en algunos casos,
superficie útil de cultivo. No obstante, esta afección en el suelo urbano es compatible
teniendo en cuenta que los crecimientos se producen en el entorno más cercano al
casco urbano actual y en conexión con infraestructuras viarias existentes. Se trata de
zonas antropizadas, con presencia en muchos casos de construcciones ya existentes.
Sin embargo, se ha propuesto en diferentes categorías de suelo no urbanizable protegido, usos que podrían producir efectos ambientales significativos sobre el factor
suelo.