Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental.- (2020061073)
Resolución de 15 de junio de 2020, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Atalaya. Expte.: IA16-1538.
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NÚMERO 128
Viernes, 3 de julio de 2020

22839

— Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura. Informa que el presente instrumento de ordenación no afecta, directa o indirectamente, a las carreteras del Estado, o
a sus elementos funcionales.
— Subdirección General de Planificación Ferroviaria. Analizada la documentación disponible, se observa que en el ámbito del término municipal no existen líneas ferroviarias en
servicio incluidas en la Red Ferroviaria de Interés General. Por otra parte, desde el
punto de vista de la planificación ferroviaria, en la actualidad esta Subdirección General
no tiene en marcha ninguna actuación en fase de planificación que condicione la tramitación de esta aprobación provisional. Por tanto, en el ámbito de sus competencias, y
en función de la documentación consultada, esta Subdirección General no tiene ninguna
objeción que formular al contenido de la aprobación provisional del Plan General Municipal de Atalaya.
— Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información. Tras un informe desfavorable, con fecha 28 de marzo de 2019 emite informe favorable en relación
con la adecuación del Plan General Municipal de Atalaya a la normativa sectorial de
telecomunicaciones.
— Diputación de Badajoz. No observa inconveniente a emitir informe vinculante positivo,
puesto que el citado Plan recoge las carreteras de competencia de esta Administración:
BA-015 Atalaya a EX-101 y BA-146 Valverde de Burguillos a BA-160 por Atalaya y hace
mención expresa a las protecciones que les confiere la Ley 7/1995, de Carreteras del
Extremadura.
— Secretaría General. Consejería de Educación y Empleo. No se observan consideraciones
que menoscaben los intereses defendidos por esta Consejería, por lo que se emite
informe favorable. A título informativo, se indican las superficies que se estiman como
mínimas en esta Consejería a la hora de seleccionar parcelas para la construcción de
los mismos, se indica que:
Para un CEIP 6+12 unidades se requiere un solar cuya superficie sea de unos 10.000
m², y que no presente formas de difícil aprovechamiento pues debe permitir una edificación de dos alturas con una superficie mínima construida de 2.600 m², y la inclusión
de dos pistas deportivas de 44x22 m.
Para un IES 12+4 unidades se requiere un solar cuya superficie sea de unos 12.000
m², y que no presente formas de difícil aprovechamiento pues debe permitir una edificación de dos alturas con una superficie mínima construida de 6.000 m², y la inclusión
de dos pistas deportivas de 44x22 m.
— Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. No encontramos afecciones al término municipal
de Burguillos del Cerro.