Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento.- (2020AC0027)
Acuerdo de 26 de julio de 2018, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre aprobación definitiva del Plan General Simplificado de Ibahernando.
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NÚMERO 128
Viernes, 3 de julio de 2020
22595
ART. 2.1.1.11.- Normas de Interpretación
Las determinaciones del presente Plan General Municipal se interpretarán con base en los
criterios, que en relación con el contexto y los antecedentes, tengan en cuenta principalmente su
espíritu y finalidad, así como la realidad del momento en que se han de aplicar.
En caso de discordancia o imprecisión de contenido de los diversos documentos que componen
las Normas se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
La Memoria Informativa y Planos de Información, tienen un carácter informativo y manifiestan
cuales han sido los datos y estudios que han servido para fundamentar las propuestas del
Plan General.
La memoria justificativa señala los objetivos generales de la ordenación, expresa y justifica
los criterios básicos que han conducido a la adopción de las distintas determinaciones. Es el
instrumento básico para la interpretación del plan en su conjunto y/o supletoriamente para
resolver los conflictos entre otras determinaciones.
Planos de Ordenación, sus determinaciones gráficas en las materias de su contenido
específico prevalecen sobre cualquiera de los restantes planos. En caso de discrepancia
entre planos de distinta escala prevalecerá la escala más amplia, es decir prevalecerá
1/1.000 sobre
1/2.000 y esta a su vez sobre 1/10.000 etc.
Normas Urbanísticas y fichas de planeamiento, desarrollo y gestión, constituirán el cuerpo
normativo específico de la ordenación urbanística del municipio de IBAHERNANDO.
Prevalecen sobre los restantes documentos del Plan General, para todo lo que en ellas se
regula.
Viernes, 3 de julio de 2020
22595
ART. 2.1.1.11.- Normas de Interpretación
Las determinaciones del presente Plan General Municipal se interpretarán con base en los
criterios, que en relación con el contexto y los antecedentes, tengan en cuenta principalmente su
espíritu y finalidad, así como la realidad del momento en que se han de aplicar.
En caso de discordancia o imprecisión de contenido de los diversos documentos que componen
las Normas se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
La Memoria Informativa y Planos de Información, tienen un carácter informativo y manifiestan
cuales han sido los datos y estudios que han servido para fundamentar las propuestas del
Plan General.
La memoria justificativa señala los objetivos generales de la ordenación, expresa y justifica
los criterios básicos que han conducido a la adopción de las distintas determinaciones. Es el
instrumento básico para la interpretación del plan en su conjunto y/o supletoriamente para
resolver los conflictos entre otras determinaciones.
Planos de Ordenación, sus determinaciones gráficas en las materias de su contenido
específico prevalecen sobre cualquiera de los restantes planos. En caso de discrepancia
entre planos de distinta escala prevalecerá la escala más amplia, es decir prevalecerá
1/1.000 sobre
1/2.000 y esta a su vez sobre 1/10.000 etc.
Normas Urbanísticas y fichas de planeamiento, desarrollo y gestión, constituirán el cuerpo
normativo específico de la ordenación urbanística del municipio de IBAHERNANDO.
Prevalecen sobre los restantes documentos del Plan General, para todo lo que en ellas se
regula.