Disposiciones Generales. Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Desarrollo Industrial. Ayudas.- (2020050124)
Orden de 26 de junio de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas extraordinarias destinadas a la contención sanitaria de la COVID19 a través de apoyo a proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación a empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 127
Jueves, 2 de julio de 2020

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innovaciones de procesos pertinentes con vistas a una producción eficiente de los productos
necesarios para su contención. Por otra parte, se trata de fomentar la inversión para la fabricación de productos relacionados con el COVID-19 (medicamentos, materias primas para
medicamentos, sistemas de protección, componentes para esos sistemas, etc), así como las
infraestructuras de ensayo y ampliación de escala.
Por lo que se refiere al cumplimiento de la normativa de ayudas de Estado, esta ayuda se
configura de conformidad con el Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda
para la contención sanitaria del COVID-19, a través de apoyo a la I+D, al desarrollo de infraestructuras de ensayo y ampliación de escala y a la fabricación de productos y materiales
médicos necesarios, así como ayudas urgentes en forma de aplazamiento del pago de
impuestos y cotizaciones a la Seguridad Social y subsidios salariales para empleados para
evitar reducciones de plantilla en el contexto del actual brote de COVID-19, aprobado por la
Comisión Europea en su Decisión SA.57019 (2020/N), de 24 de abril. Por lo tanto, son
compatibles con el mercado interior a tenor del artículo 107, apartado 3, del Tratado, y
quedan exentas de la obligación de notificación establecida en el artículo 108, apartado 3,
del Tratado.
En consecuencia con todo lo anterior, la presente orden se tramita conforme al Decreto Ley
6/2020, de 17 de abril, financiándose con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de
Desarrollo Regional -FEDER- de Extremadura, correspondiente al período de programación
2014-2020, siendo compatible con el mercado interior a tenor del artículo 107, apartado 3,
del Tratado, y quedan exentas de la obligación de notificación establecida en el artículo 108,
apartado 3, del Tratado.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones que me confieren los artículos 36.f) y 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta del Secretario General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad,
DISPONGO:
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto.
El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras de ayudas para la financiación de
actuaciones destinadas directamente a la contención sanitaria de la COVID-19 a realizar por
las empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, según las siguientes modalidades
de ayudas: