Disposiciones Generales. Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Desarrollo Industrial. Ayudas.- (2020050124)
Orden de 26 de junio de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas extraordinarias destinadas a la contención sanitaria de la COVID19 a través de apoyo a proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación a empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 127
Jueves, 2 de julio de 2020

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Artículo 19. Liquidación y justificación de la ayuda.
1. La empresa beneficiaria deberá justificar la ejecución del proyecto en el plazo máximo de
los tres meses siguientes a la fecha de su finalización. Esta justificación que en el caso de
proyectos de la modalidad I coincidirá con la solicitud de liquidación de la ayuda concedida, se formulará mediante la cumplimentación del anexo IV de esta orden junto con la
documentación que se relaciona:
1.1 Justificación documental que acredite el requisito de publicidad exigido en la resolución individual de concesión de la ayuda.
1.2 Cuando sean imputables gastos de personal al proyecto, se presentarán los siguientes
documentos:
a) Certificado de la Seguridad Social relativo a la vida laboral de todas las cuentas de
cotización de la empresa beneficiaria en los que hayan estado en alta los trabajadores imputados al proyecto y con respecto a todo el periodo de ejecución.
b) Certificado firmado por el representante legal de la empresa donde se detallen las
horas y trabajos realizados por cada uno de los trabajadores imputado al proyecto
durante su vigencia, que coincidirá con la información de los partes de trabajo que
deberán emitirse al efecto.
1.3. Declaración de la existencia de contabilidad separada (o de disponer de código contable adecuado) para los gastos imputados al proyecto financiado y declaración de que
el personal imputado al proyecto ha sido informado por escrito de que su salario está
financiado con cargo a fondos FEDER conforme al anexo V.
1.4. Memoria científico técnica de las actuaciones realizadas en el proyecto, confrontando
lo realizado con lo proyectado conforme a la memoria presentada en la fase de solicitud de la ayuda y que sirvió de base para la aprobación del proyecto. La memoria
contendrá además el desglose económico de cada actuación realizada, la descripción
de los trabajos y número de horas realizadas por el personal imputado por la empresa conforme con los partes de trabajo emitidos al efecto y los trabajos realizados en
su caso, por las universidades y/o centros de investigación públicos o privados si
participan en el proyecto. Anexo VI.
1.5. Informe de auditoría referido a la totalidad de las inversiones realizadas y asimismo a la verificación sobre el cumplimiento durante la ejecución del proyecto y
hasta la fecha del propio informe, de los requisitos exigidos en la normativa
Comunitaria para justificar la declaración sobre la categoría de empresa que se
formuló en el modelo normalizado de solicitud. Este informe será emitido por un
auditor inscrito en el ROAC, dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría