Disposiciones Generales. Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Desarrollo Industrial. Ayudas.- (2020050124)
Orden de 26 de junio de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas extraordinarias destinadas a la contención sanitaria de la COVID19 a través de apoyo a proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación a empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
84 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 127
Jueves, 2 de julio de 2020
22193
proyecto. Los gastos de informe de Auditor inscrito en Registro Oficial de Auditores de
Cuentas (en adelante ROAC) serán subvencionables siempre que estén facturados y pagados dentro del plazo de 40 días hábiles posteriores a la finalización del proyecto.
4. El plazo para la ejecución del proyecto se determinará en la resolución de concesión
conforme al indicado en la instancia de solicitud por el solicitante respetando el límite
máximo establecido en el apartado 1 de este artículo. Empezará a contar desde la fecha
en que se realice el primer gasto imputado al proyecto, finalizando el día que se complete
el plazo otorgado.
5. Podrán admitirse cambios sobre el proyecto inicialmente aprobado en la resolución
individual de concesión cuando se justifique su necesidad o conveniencia para su
ejecución, siempre que con ello no contravenga alguna disposición de esta orden ni
entren en contradicción con los objetivos y contenidos planteados en el proyecto
inicialmente aprobado.
La empresa beneficiaria tendrá la obligación de solicitar autorización del Órgano Directivo
con competencia en la materia para realizar los cambios que afecten a la financiación del
proyecto; aquellos que supongan una modificación en cuanto a las condiciones establecidas en la resolución de concesión sobre la forma de ejecución del proyecto; modificaciones en la naturaleza de las partidas que se hayan tenido en cuenta en la concesión y cuyo
cambio pueda afectar a la finalidad del objeto de la subvención.
El órgano con competencia para resolver estas ayudas, dictará resolución autorizando o
denegando las modificaciones propuestas por la empresa. Una vez autorizadas, las modificaciones producirán efectos desde el momento en que se hayan solicitado o en su caso,
desde que se hayan efectuado.
6. Las modificaciones que consistan en permutas de proveedores para un producto, equipo o
servicio de carácter idéntico o similar y las que consistan en permutas entre el personal
investigador o auxiliar cuando los perfiles profesionales se consideren aptos para realizar
las tareas que tienen encomendadas en el proyecto, podrán ser comunicadas cuando se
produzcan o bien junto con la documentación correspondiente a la liquidación del expediente. Estas modificaciones se entenderán admitidas por el centro gestor, salvo que se
dicte resolución denegatoria cuando puedan ser contrarias a los objetivos y contenidos
planteados en el proyecto inicialmente aprobado.
7. Se podrán admitir cambios de titularidad a personas físicas o jurídicas distintas a las
que inicialmente resultaron beneficiarias de las ayudas siempre que se trate de una
sucesión de empresas considerada como la transmisión que afecte a una entidad
económica que mantenga su identidad, entendida como un conjunto de medios organizados a fin de llevar a cabo una actividad económica, esencial o accesoria y que la
Jueves, 2 de julio de 2020
22193
proyecto. Los gastos de informe de Auditor inscrito en Registro Oficial de Auditores de
Cuentas (en adelante ROAC) serán subvencionables siempre que estén facturados y pagados dentro del plazo de 40 días hábiles posteriores a la finalización del proyecto.
4. El plazo para la ejecución del proyecto se determinará en la resolución de concesión
conforme al indicado en la instancia de solicitud por el solicitante respetando el límite
máximo establecido en el apartado 1 de este artículo. Empezará a contar desde la fecha
en que se realice el primer gasto imputado al proyecto, finalizando el día que se complete
el plazo otorgado.
5. Podrán admitirse cambios sobre el proyecto inicialmente aprobado en la resolución
individual de concesión cuando se justifique su necesidad o conveniencia para su
ejecución, siempre que con ello no contravenga alguna disposición de esta orden ni
entren en contradicción con los objetivos y contenidos planteados en el proyecto
inicialmente aprobado.
La empresa beneficiaria tendrá la obligación de solicitar autorización del Órgano Directivo
con competencia en la materia para realizar los cambios que afecten a la financiación del
proyecto; aquellos que supongan una modificación en cuanto a las condiciones establecidas en la resolución de concesión sobre la forma de ejecución del proyecto; modificaciones en la naturaleza de las partidas que se hayan tenido en cuenta en la concesión y cuyo
cambio pueda afectar a la finalidad del objeto de la subvención.
El órgano con competencia para resolver estas ayudas, dictará resolución autorizando o
denegando las modificaciones propuestas por la empresa. Una vez autorizadas, las modificaciones producirán efectos desde el momento en que se hayan solicitado o en su caso,
desde que se hayan efectuado.
6. Las modificaciones que consistan en permutas de proveedores para un producto, equipo o
servicio de carácter idéntico o similar y las que consistan en permutas entre el personal
investigador o auxiliar cuando los perfiles profesionales se consideren aptos para realizar
las tareas que tienen encomendadas en el proyecto, podrán ser comunicadas cuando se
produzcan o bien junto con la documentación correspondiente a la liquidación del expediente. Estas modificaciones se entenderán admitidas por el centro gestor, salvo que se
dicte resolución denegatoria cuando puedan ser contrarias a los objetivos y contenidos
planteados en el proyecto inicialmente aprobado.
7. Se podrán admitir cambios de titularidad a personas físicas o jurídicas distintas a las
que inicialmente resultaron beneficiarias de las ayudas siempre que se trate de una
sucesión de empresas considerada como la transmisión que afecte a una entidad
económica que mantenga su identidad, entendida como un conjunto de medios organizados a fin de llevar a cabo una actividad económica, esencial o accesoria y que la