Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Biocombustibles. Ayudas.- (2020060886)
Resolución de 29 de mayo de 2020, de la Secretaría General, por la que se establece, la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la utilización de biocombustibles (leña de quercíneas), en el secado tradicional del pimiento para pimentón en la comarca de La Vera, en la Comunidad Autónoma de Extremadura para la campaña 2019/2020.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 126
Miércoles, 1 de julio de 2020
21698
disponibilidades de crédito consignadas para este ejercicio. Mediante la presente resolución se lleva a cabo la convocatoria de dichas subvenciones.
Esta convocatoria se integra en los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género de Extremadura. Hace
especial incidencia de la ley autonómica en los artículos 3 de principios generales, 21 de
transversalidad de género, 22 de desarrollo del principio de interseccionalidad, 27 de lenguaje e imagen no sexista, 28 de estadísticas e investigaciones con perspectiva de género, 29 de
representación equilibrada de los órganos directivos y colegiados y 31 de ayudas y subvenciones. Así mismo, cumple con lo dispuesto en el artículo 7.12 del Estatuto de Autonomía de
Extremadura sobre la igualdad de la mujer en todos los ámbitos de la vida pública, familiar,
social, laboral, económica y cultural.
Por todo ello, de conformidad con todo lo anterior y según lo dispuesto en la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente resolución tiene por objeto establecer la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica de las ayudas reguladas por el Decreto
55/2016, de 3 de mayo (DOE n.º 87, de 9 de mayo de 2016) por el que se establecen las
bases reguladoras de las ayudas destinadas a fomentar la utilización de biocombustible de
la leña de quercíneas en el secado tradicional del pimiento para pimentón, en la comarca
de La Vera, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el secado del pimiento en la
campaña 2019/2020.
2. El objeto de la presente resolución está supeditado al tratamiento establecido en la Ley
8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad de mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura dictada en el marco de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para
la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
3. La persona beneficiaria queda informada del carácter de mínimis de la ayuda que se le
pueda otorgar al amparo de la presente resolución, con el fin de su posible acumulación a
otras futuras ayudas que se le puedan conceder con el mismo carácter de mínimis. En la
resolución de concesión se hará referencia expresa al Reglamento (UE) n.º 1408/2013, al
amparo del que se otorga la subvención.
Miércoles, 1 de julio de 2020
21698
disponibilidades de crédito consignadas para este ejercicio. Mediante la presente resolución se lleva a cabo la convocatoria de dichas subvenciones.
Esta convocatoria se integra en los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de
Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género de Extremadura. Hace
especial incidencia de la ley autonómica en los artículos 3 de principios generales, 21 de
transversalidad de género, 22 de desarrollo del principio de interseccionalidad, 27 de lenguaje e imagen no sexista, 28 de estadísticas e investigaciones con perspectiva de género, 29 de
representación equilibrada de los órganos directivos y colegiados y 31 de ayudas y subvenciones. Así mismo, cumple con lo dispuesto en el artículo 7.12 del Estatuto de Autonomía de
Extremadura sobre la igualdad de la mujer en todos los ámbitos de la vida pública, familiar,
social, laboral, económica y cultural.
Por todo ello, de conformidad con todo lo anterior y según lo dispuesto en la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente resolución tiene por objeto establecer la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica de las ayudas reguladas por el Decreto
55/2016, de 3 de mayo (DOE n.º 87, de 9 de mayo de 2016) por el que se establecen las
bases reguladoras de las ayudas destinadas a fomentar la utilización de biocombustible de
la leña de quercíneas en el secado tradicional del pimiento para pimentón, en la comarca
de La Vera, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el secado del pimiento en la
campaña 2019/2020.
2. El objeto de la presente resolución está supeditado al tratamiento establecido en la Ley
8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad de mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura dictada en el marco de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para
la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
3. La persona beneficiaria queda informada del carácter de mínimis de la ayuda que se le
pueda otorgar al amparo de la presente resolución, con el fin de su posible acumulación a
otras futuras ayudas que se le puedan conceder con el mismo carácter de mínimis. En la
resolución de concesión se hará referencia expresa al Reglamento (UE) n.º 1408/2013, al
amparo del que se otorga la subvención.