Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2020061091)
Resolución de 19 de junio de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio sobre cooperación estadística e intercambio de información entre el Instituto Nacional de Estadística y el Instituto de Estadística de Extremadura.
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NÚMERO 126
Miércoles, 1 de julio de 2020

21586

Cuarta. Secreto Estadístico y Protección de datos.
El Instituto Nacional de Estadística y el Instituto de Estadística de Extremadura se responsabilizarán, en sus respectivos ámbitos, de que la información intercambiada, si estuviese
protegida por el secreto estadístico, se utilice de forma que la protección de los datos individuales quede totalmente garantizada, estando todo el personal que participe en los trabajos
estadísticos relacionados con la citada información intercambiada, sometido a la obligación
de preservar el secreto estadístico, así como las de las demás restricciones que se deriven de
la aplicación de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública y de la Ley
4/2003, de 20 de marzo, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se
comprometen asimismo a respetar cualquier otra exigencia que se derive de la legislación
vigente sobre intercambio de información entre las Administraciones Públicas y, muy especialmente, en relación con la protección de los datos personales, según lo establecido en la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales, y en las disposiciones reglamentarias del ordenamiento interno en materia de protección de datos de carácter personal.

Quinta. Difusión de la Información.
En las publicaciones o cualquier otro producto de difusión que realicen sobre la base de información intercambiada cualquiera de las instituciones firmantes se hará referencia a la colaboración de la otra parte.

Sexta. Comisión de seguimiento.
Se constituye una Comisión paritaria de seguimiento del Convenio con la siguiente composición, funciones y calendario:
a) Composición:
Estará constituida por igual número de representantes de cada institución, designados
respectivamente por el Instituto Nacional de Estadística y por el Instituto de Estadística de
Extremadura. A esta comisión podrá incorporarse, según los temas a tratar, el personal
técnico de ambas partes que se considere oportuno.
b) Funciones:
— Aprobar los documentos en los que se detallarán las necesidades de información de una
y otra parte de acuerdo con el Plan Estadístico Nacional y el Plan Estadístico de Extremadura y los correspondientes Programas.