Otras Resoluciones. Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos.- (2020061158)
Resolución de 14 de junio de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación de la modificación de los artículos 46, 47 y 85 del II Convenio Colectivo de Personal Docente e Investigador laboral de la Universidad de Extremadura.
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NÚMERO 126
Miércoles, 1 de julio de 2020
22067
TÍTULO I
OBJETO Y DETERMINACIÓN DE LAS PARTES
Artículo 1. Objeto.
El presente convenio colectivo se adopta al amparo de lo dispuesto en el Estatuto de los
Trabajadores, y tiene como objeto establecer y regular las relaciones laborales entre la
Universidad de Extremadura (UEx) y su personal docente e investigador contratado en régimen de derecho laboral (PDI laboral).
Artículo 2. Determinación de las partes que lo conciertan.
Las partes que conciertan este convenio colectivo son, por un lado, la Universidad de Extremadura, representada por el Sr. Rector Magnífico de ésta, como persona que posee la capacidad de contratar y convenir; y, por otro, el personal docente e investigador contratado en
régimen laboral, representado por los sindicatos, CSIF, USO, UGT y CCOO, mayoritarios y
legitimados en dicho ámbito.
TÍTULO II
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 3. Ámbito territorial.
El presente convenio se aplicará en todos los centros docentes y/o de investigación de la
Universidad de Extremadura.
Artículo 4. Ámbito personal y material.
1. Las normas contenidas en este convenio serán de aplicación a todo el personal laboral que
preste servicios retribuidos como docente y/o investigador, en virtud de la relación jurídico
laboral común formalizada en contrato firmado por la persona interesada y la Universidad
de Extremadura.
2. Se consideran incluidos, expresamente, en el ámbito de aplicación de este convenio quienes cuenten con contratos catalogados de personal docente y/o investigador vinculado al
desarrollo de programas, proyectos y contratos de investigación, o a estudios oficiales de
la UEx.
Miércoles, 1 de julio de 2020
22067
TÍTULO I
OBJETO Y DETERMINACIÓN DE LAS PARTES
Artículo 1. Objeto.
El presente convenio colectivo se adopta al amparo de lo dispuesto en el Estatuto de los
Trabajadores, y tiene como objeto establecer y regular las relaciones laborales entre la
Universidad de Extremadura (UEx) y su personal docente e investigador contratado en régimen de derecho laboral (PDI laboral).
Artículo 2. Determinación de las partes que lo conciertan.
Las partes que conciertan este convenio colectivo son, por un lado, la Universidad de Extremadura, representada por el Sr. Rector Magnífico de ésta, como persona que posee la capacidad de contratar y convenir; y, por otro, el personal docente e investigador contratado en
régimen laboral, representado por los sindicatos, CSIF, USO, UGT y CCOO, mayoritarios y
legitimados en dicho ámbito.
TÍTULO II
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 3. Ámbito territorial.
El presente convenio se aplicará en todos los centros docentes y/o de investigación de la
Universidad de Extremadura.
Artículo 4. Ámbito personal y material.
1. Las normas contenidas en este convenio serán de aplicación a todo el personal laboral que
preste servicios retribuidos como docente y/o investigador, en virtud de la relación jurídico
laboral común formalizada en contrato firmado por la persona interesada y la Universidad
de Extremadura.
2. Se consideran incluidos, expresamente, en el ámbito de aplicación de este convenio quienes cuenten con contratos catalogados de personal docente y/o investigador vinculado al
desarrollo de programas, proyectos y contratos de investigación, o a estudios oficiales de
la UEx.
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