Otras Resoluciones. Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos.- (2020061158)
Resolución de 14 de junio de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación de la modificación de los artículos 46, 47 y 85 del II Convenio Colectivo de Personal Docente e Investigador laboral de la Universidad de Extremadura.
59 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 126
Miércoles, 1 de julio de 2020
22091
excesos de horas, debidamente acreditados, con días libres o con distribución irregular de
la jornada sin merma de los descansos legalmente establecidos.
Artículo 43. Cambio de dedicación.
1. El PDI laboral definido en el apartado 4.a del artículo 4 del presente convenio con dedicación a tiempo completo podrá solicitar al Consejo de Gobierno de la UEx el régimen de
dedicación a tiempo parcial previo informe del consejo de departamento y del Comité de
Empresa. La Universidad podrá concederlo siempre que las necesidades del servicio lo
permitan y no se generen necesidades docentes. El retorno a la dedicación a tiempo
completo de este PDI se hará por el mismo procedimiento.
2. En cualquier caso, los cambios de dedicación se harán coincidir con cursos académicos,
salvo casos de fuerza mayor.
3. El PDI laboral deberá permanecer, al menos, cinco años a tiempo completo para solicitar el
cambio de dedicación a tiempo parcial.
4. Las obligaciones docentes del PDI laboral a los que se concedan este cambio de dedicación
a tiempo parcial serán las contempladas para los PAs 6+5.
TÍTULO VI
VACACIONES, PERMISOS, LICENCIAS, EXCEDENCIAS Y
SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
CAPÍTULO I
Vacaciones
Artículo 44. Vacaciones.
1. El PDI acogido a este convenio tendrá derecho a disfrutar de unas vacaciones retribuidas
de un mes natural o veintidós días hábiles por año completo de servicios efectivos, o los
días que correspondan proporcionalmente al tiempo de servicios efectivos desde el último
periodo vacacional estival, computados en este último caso a razón de dos días y medio
días naturales de vacaciones por mes trabajado (redondeando siempre al número de días
superior).
2. En el supuesto de haber completado los años de antigüedad en la Administración que se
indican a continuación, se tendrá derecho al disfrute de los siguientes días de vacaciones
anuales:
Miércoles, 1 de julio de 2020
22091
excesos de horas, debidamente acreditados, con días libres o con distribución irregular de
la jornada sin merma de los descansos legalmente establecidos.
Artículo 43. Cambio de dedicación.
1. El PDI laboral definido en el apartado 4.a del artículo 4 del presente convenio con dedicación a tiempo completo podrá solicitar al Consejo de Gobierno de la UEx el régimen de
dedicación a tiempo parcial previo informe del consejo de departamento y del Comité de
Empresa. La Universidad podrá concederlo siempre que las necesidades del servicio lo
permitan y no se generen necesidades docentes. El retorno a la dedicación a tiempo
completo de este PDI se hará por el mismo procedimiento.
2. En cualquier caso, los cambios de dedicación se harán coincidir con cursos académicos,
salvo casos de fuerza mayor.
3. El PDI laboral deberá permanecer, al menos, cinco años a tiempo completo para solicitar el
cambio de dedicación a tiempo parcial.
4. Las obligaciones docentes del PDI laboral a los que se concedan este cambio de dedicación
a tiempo parcial serán las contempladas para los PAs 6+5.
TÍTULO VI
VACACIONES, PERMISOS, LICENCIAS, EXCEDENCIAS Y
SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
CAPÍTULO I
Vacaciones
Artículo 44. Vacaciones.
1. El PDI acogido a este convenio tendrá derecho a disfrutar de unas vacaciones retribuidas
de un mes natural o veintidós días hábiles por año completo de servicios efectivos, o los
días que correspondan proporcionalmente al tiempo de servicios efectivos desde el último
periodo vacacional estival, computados en este último caso a razón de dos días y medio
días naturales de vacaciones por mes trabajado (redondeando siempre al número de días
superior).
2. En el supuesto de haber completado los años de antigüedad en la Administración que se
indican a continuación, se tendrá derecho al disfrute de los siguientes días de vacaciones
anuales: