Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2020061090)
Resolución de 19 de junio de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto Nacional de Estadística y el Instituto de Estadística de Extremadura para la realización de la operación estadística Indicadores de confianza empresarial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 124
Lunes, 29 de junio de 2020

21097

— El INE podrá evaluar en los trimestres que considere necesario, aplicando los correspondientes test de homogeneidad, si los ficheros de microdatos que el IEEX remite, procedentes de su operación de recogida, siguen los parámetros de la estadística estatal y pueden
ser incorporados al proceso general de la misma.
Sobre la difusión de resultados:
— El INE publicará trimestralmente tres indicadores a nivel estatal y para la Comunidad
Autónoma de Extremadura, calculados a partir de la muestra integrada, que se denominarán: Indicador de situación armonizado, Indicador de expectativas armonizado y el Índice
de confianza empresarial armonizado (ICEA).
Estos mismos indicadores armonizados para la Comunidad Autónoma de Extremadura
serán publicados trimestralmente por el IEEX.
Asimismo, si el INE y el IEEX lo consideran conveniente, podrán calcular y publicar otros
indicadores no armonizados a partir de los resultados de la encuesta (por ejemplo, los
saldos de las respuestas de las diferentes preguntas del cuestionario).
— En las publicaciones que realice el IEEX sobre los Indicadores de confianza empresarial
armonizados se hará constar la colaboración del INE. En las publicaciones que realice el
INE sobre esta operación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura se hará constar la colaboración con el IEEX.
— Toda la información estadística que se derive del objeto de este convenio que no esté
protegida por el secreto estadístico, y siempre que no se diga expresamente lo contrario,
estará sometida a una licencia Creative Commons- Reconocimiento (CC BY), que permite
la copia, distribución y comunicación pública, así como la creación de obras derivadas
incluso con finalidad comercial, siempre que se cite la fuente.

Tercera. Comisión Mixta de Seguimiento y Control.
Con el fin de coordinar las actividades necesarias para la ejecución del presente Convenio,
así como para llevar a cabo su supervisión, seguimiento y control, se creará una Comisión
Mixta de Seguimiento y Control compuesta por dos representantes del Instituto Nacional de
Estadística (INE) designados por la presidencia de dicho organismo y dos representantes de
IEEX nombrados por Director del IEEX.
La Comisión se reunirá a instancias de cualquiera de las partes firmantes y, al menos, una
vez al año, para examinar los resultados de la colaboración realizada.
La Comisión Mixta de Seguimiento y Control resolverá las controversias que puedan surgir en
la interpretación y cumplimiento de este convenio.