Otras Resoluciones. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios.- (2020061090)
Resolución de 19 de junio de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto Nacional de Estadística y el Instituto de Estadística de Extremadura para la realización de la operación estadística Indicadores de confianza empresarial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 124
Lunes, 29 de junio de 2020

21096

Segunda. Compromisos de las Instituciones firmantes.
Sobre el diseño de la muestra:
— Para los intereses de la operación estatal, el INE ha diseñado una muestra de establecimientos para los Indicadores de confianza empresarial armonizados, estratificada por
sector de actividad y por tamaño del establecimiento.
— Paralelamente, el INE seleccionará una muestra suplementaria de establecimientos para la
Comunidad Autónoma de Extremadura a partir del diseño muestral consensuado entre las
partes, de manera que sea posible la integración de ambas muestras en la operación estatal. Para ello, se deberá verificar que:
• La muestra integrada ha de ser consistente con la estratificación definida por sectores
de actividad y tamaño de los establecimientos.
• La muestra integrada ha de ser representativa por sectores de actividad para el conjunto
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• La muestra integrada ha de ser representativa por provincias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el conjunto de los sectores económicos.
• Los resultados obtenidos en ambas muestras deberán garantizar la coherencia del resultado final.
— El INE seleccionará la muestra suplementaria cada vez que se produzca la rotación y/o
actualización de las unidades encuestadas, remitiendo el marco de lista de establecimientos a encuestar al IEEX. Dicho marco incluirá todos los datos identificativos de los establecimientos, así como toda la información disponible para el mantenimiento de comunicación postal, telefónica y por correo electrónico con los mismos.
Sobre la recogida de la información y el intercambio de microdatos:
— La recogida de información de la muestra nacional de establecimientos de Extremadura
corresponderá al INE, en tanto que la recogida de la muestra suplementaria será responsabilidad del IEEX.
— El INE y el IEEX se comprometen a intercambiar trimestralmente los microdatos obtenidos
de sus respectivas operaciones de recogida. El fichero de intercambio se ajustará a la
estructura del diseño del anexo. Los ficheros de microdatos intercambiados deberán incluir
todos los datos identificativos de los establecimientos. Estos intercambios se realizarán en
las fechas indicadas en el calendario acordado cada año por ambas partes a través de la
Comisión Mixta de Seguimiento y Control que figura en la Cláusula tercera.