Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-15845)
Orden HAC/820/2025, de 16 de julio, por la que se regula la composición y funciones de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Hacienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 31 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 103254

De manera especial, a través del GTCEW la unidad de comunicación del Gabinete
de la Vicepresidencia Primera podrá coordinar la actuación del Departamento en las
redes sociales.
El GTCEW estará presidido por la persona titular de la Subdirección General de
Coordinación de la Información, Datos, Servicios Web y Transparencia de la Secretaría
General Técnica, y se integrarán en el mismo las personas titulares de la Subdirección
General de Documentación y Publicaciones del ministerio y de la Subdirección General
de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones de la Subsecretaría y una
persona con categoría de subdirector general o asimilado en representación de cada uno
de los siguientes centros: Gabinete de la Vicepresidencia Primera, Secretaría de Estado
de Hacienda, Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, Secretaría General de
Fondos Europeos, Agencia Estatal de Administración Tributaria, Intervención General de
la Administración del Estado e Inspección General. Podrán incorporarse al GTCEW otras
personas designadas por la Comisión Permanente, a propuesta de la Presidencia. La
persona titular de la Subdirección General de Coordinación de la Información, Datos,
Servicios Web y Transparencia de la Secretaría General Técnica, designará a una
persona con categoría de subdirector general adjunto o asimilado que actuará como
secretario del grupo.
Cuando fuere de interés, la Presidencia del GTCEW podrá convocar a las reuniones,
con voz y sin voto, a funcionarias o funcionarios expertos o responsables de los asuntos
a tratar en las mismas.
4. Con carácter permanente, se crea en el seno de la Comisión Ministerial de
Administración Digital un Grupo de Trabajo de Adaptación e Interconexión de las
Oficinas de Atención en Materia de Registros del departamento (GTREG en lo sucesivo).
El GTREG tendrá la composición que, en cada momento, determine la Comisión
Permanente, si bien, en todo caso, se integrará en el mismo la persona titular de la
Subdirección General de Documentación y Publicaciones, en desarrollo de sus funciones
de coordinación de las oficinas de asistencia en materia de registros del departamento,
recogido en el artículo 13.1.o del Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.
El CTREG tendrá a su cargo las siguientes funciones:
a) Seguimiento de la actividad de las Oficinas de Atención en Materia de Registro
(OAMR) del Ministerio de Hacienda.
b) Propuestas de medidas que favorezcan la adaptación e interconexión de las
Oficinas de Atención en Materia de Registro (OAMR) del Ministerio de Hacienda.
5. Con carácter permanente, se crea en el seno de la Comisión Ministerial de
Administración Digital un «Grupo de Trabajo sobre utilización en el departamento de
medios y servicios digitales comunes y transversales de la AGE» (GTMESECT en lo
sucesivo).
El GTMESECT tendrá la composición que, en cada momento, determine la Comisión
Permanente. Con la finalidad de lograr el mayor nivel de cooperación y coordinación, a las
reuniones del GTMESECT será convocada la persona titular de la División de
coordinación de los servicios TIC comunes y transversales de la Agencia Estatal de
Administración Digital en el ámbito del Ministerio de Hacienda, que podrá asistir
acompañada, en su caso, de otros representantes de la Agencia que determine su director
en función de los asuntos a tratar. Asistirán a las reuniones con voz, pero sin voto.
El GTMESECT tendrá a su cargo las siguientes funciones:
a) Favorecer el cumplimiento, por parte de la Comisión Ministerial de
Administración Digital, de las funciones de relación y coordinación con la Agencia Estatal
de Administración Digital a las que se refiere el artículo 2.3.
b) Favorecer la utilización por parte del Ministerio de Hacienda de las soluciones
comunes de administración digital desarrolladas por la Agencia Estatal de Administración
Digital o por otras unidades de la Administración General del Estado.

cve: BOE-A-2025-15845
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Núm. 183