Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-15749)
Real Decreto 686/2025, de 29 de julio, por el que se crea la Comisión Interministerial para la preparación, organización y coordinación de actuaciones relacionadas con el Trío de Eclipses 2026-2027-2028, y se establece su composición y funcionamiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Miércoles 30 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 102543

implementación y seguimiento de medidas coordinadas que permitan el desarrollo de
actividades de divulgación científica, dinamización y promoción turística, y para la
prevención de riesgos de salud pública, la gestión de la movilidad y la seguridad
ciudadana.
Artículo 2.

Naturaleza y adscripción.

1. La Comisión es un órgano colegiado de carácter interministerial de los regulados
en el artículo 22.1 de la Ley 40/2015,de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
2. La Comisión está adscrita al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades a
través de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades.
Artículo 3.

Funciones.

La Comisión tendrá las siguientes funciones:
a) Asegurar la difusión de la información oficial sobre los eclipses y sus efectos.
b) El impulso y coordinación de las medidas que haya de adoptar la Administración
General del Estado para la preparación y la gestión del Trío de Eclipses hasta el
año 2028.
c) La formulación, en su caso, de las propuestas de modificación normativa para el
cumplimiento de los compromisos asumidos por el Gobierno de España con motivo de la
preparación y organización de estos eventos.
d) El seguimiento periódico de las propuestas y actuaciones de los departamentos
ministeriales, y de sus organismos y entidades de estos eventos astronómicos, así como
del grado de cumplimiento de estas.
e) El apoyo y promoción de las actividades de todos los organismos y entidades,
tanto públicas como privadas, vinculadas con los tres eclipses, y la contribución a su
máxima difusión.
f) El análisis y promoción de iniciativas autonómicas y locales para garantizar el
mejor desarrollo de las actividades asociadas a los eclipses.
g) Cualesquiera otras funciones que fueran necesarias para el desarrollo de
acciones de prevención, información, promoción o gestión de recursos.
Composición.

1. La Comisión estará presidida por la persona titular de la Secretaría de Estado de
Ciencia, Innovación y Universidades, que ejercerá las funciones previstas en el
artículo 19.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
2. La Vicepresidencia de la Comisión corresponderá a la persona titular de la
Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible. La vicepresidencia
sustituirá a la persona titular de la Presidencia en casos de vacante, ausencia,
enfermedad u otra causa legal que impida su asistencia y en su defecto, por el miembro
del órgano colegiado de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
3. La Comisión estará integrada, además de por las personas que ejerzan la
Presidencia y la Vicepresidencia, por un representante con rango, al menos, de Director
o Directora General, nombrado por las respectivas personas titulares de los siguientes
departamentos ministeriales: Ministerio de Defensa, Ministerio de Hacienda, Ministerio
del Interior, Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes, Ministerio de Industria y Turismo, Ministerio de
Política Territorial y Memoria Democrática, Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, Ministerio de Cultura, Ministerio de Economía, Comercio y Empresa,
Ministerio de Sanidad, Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
4. También participarán en la Comisión, con voz y sin voto, las personas titulares de
dirección del Observatorio Astronómico Nacional (Dirección General del Instituto

cve: BOE-A-2025-15749
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 4.