Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. I. Disposiciones generales. Ayudas. (BOE-A-2025-15746)
Real Decreto 683/2025, de 29 de julio, por el que se disponen determinadas excepciones temporales relativas al cumplimiento de la normativa básica que regula los regímenes de ayudas a los sectores de frutas y hortalizas y vitivinicultura de la Política Agrícola Común, y se modifican diversos reales decretos relativos al sector de frutas y hortalizas y vitivinicultura en el marco del Plan Estratégico para la PAC 2023-2027 en el Reino de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182

Miércoles 30 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 102515

«A.ii.15 Utilización de variedades tolerantes o
resistentes a la sequía (plantones, reinjertos y nuevas
plantaciones)».
«A.vii.2 Utilización en la explotación de elementos de
entutorado biodegradables.

Los materiales empleados serán biodegradables y compostables, para lo cual deberán
estar certificados según la norma UNE-EN 13432:2002.»

«A.vii.4 Utilización en la explotación de otros materiales
biodegradables, incluido el papel como material
biodegradable o reciclable en substitución del plástico.

Los materiales deben estar certificados según la norma UNE-EN 17033:2018.»

«A.viii.2 Aporte de silicio u otros repelentes de plagas
(caolín, extractos,…), para minimizar los tratamientos en
los cultivos.»
«A.ix.9 Método de producción de residuo cero»
«A.ix.13 Utilización de mallas antigerminantes de malas
hierbas para evitar tratamiento herbicida.
A.ix.14 Máquinas para evitar el tratamiento con
herbicida en cultivos hortofrutícolas».
«A.ix.21 Utilización micorrizas arbusculares.
A.ix.22 Utilización de microorganismos no micorrícicos».
«B.1 Gastos de personal propio o externo.
B.1.1 Gastos que contribuyan a la mejora o
mantenimiento de la calidad.
B.1.2 Gastos que contribuyan a la mejora o
mantenimiento del medio ambiente.

Seis.

– Para justificar que el personal es cualificado se deberá aportar una descripción y
justificación de la cualificación del puesto de trabajo o del trabajo a realizar. La
justificación del coste se realizará mediante gastos reales.
– El gasto correspondiente a las actuaciones de personal B.1.1, B.1.2 y F.4, estará
limitado al 20 por ciento para el conjunto del programa operativo. En caso de
incumplimiento el importe de ayuda correspondiente a la última anualidad del programa
operativo se reducirá proporcionalmente al rebasamiento de este límite.»

En el anexo III, parte B), la tabla 2 queda redactada como sigue:
Compensación (€/ha)
Secano

Regadío al aire
libre

Regadío
protegido

Alcachofa.

1.024

5.484



Arándano.

9.656



39.990

Berenjena.

1.349

6.965

17.981

Calabacín.

2.266

7.186

11.741

Espárrago.

3.270

5.334

5.807

Frambuesa.



37.361



4.485

9.221

25.184

Fresa.

cve: BOE-A-2025-15746
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