Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15644)
Resolución de 11 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Restauración marismas de la Ensenada de Mera, en la ría de Ortigueira, término municipal de Ortigueira (A Coruña)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Lunes 28 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101337
La Dirección Xeral de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia, entre otras
condiciones para garantizar la compatibilidad del proyecto con la preservación del
patrimonio natural y la biodiversidad, establece que la circulación y el aparcamiento de
cualquier vehículo vinculado a la actividad deberán realizarse exclusivamente por las
vías y áreas específicamente habilitadas para ello. El promotor responde que las obras
se ejecutarán conforme a lo recogido en la documentación presentada y cumpliendo
todos los condicionantes establecidos por ese organismo.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO, entre las
condiciones que indica para evitar afecciones significativas sobre los valores naturales
objeto de conservación en la zona de actuación, destaca varias medidas ya recogidas en
el EsIA: la realización de una prospección previa de la vegetación y los hábitats a
conservar, la ubicación de instalaciones auxiliares alejadas de flora protegida, la limpieza
periódica de maquinaria y herramientas, y la prohibición del tratamiento biológico para la
erradicación de especies foráneas, priorizando en su lugar el control manual y mecánico.
El promotor responde que el PVA contempla la realización de una prospección previa a
la fase de desbroce, las condiciones propuestas están incluidas en el EsIA y que para la
erradicación de especies foráneas el proyecto prevé el uso de métodos manuales o
mecánicos, así como métodos químicos en caso necesario, pero no contempla
tratamientos biológicos, priorizando siempre el control manual y mecánico.
El estudio de fauna, basado en revisión bibliográfica, bases de datos oficiales,
prospecciones de campo realizadas en 2023, incluye censos de avifauna acuática
invernante en la ría entre 2019 y 2023, así como observaciones directas e indirectas de
avifauna, mamíferos terrestres, reptiles, anfibios y especies exóticas o invasoras. Las
prospecciones se llevaron a cabo en diferentes momentos y áreas: avifauna y mamíferos
en febrero, marzo y abril (un día por mes), y reptiles y anfibios en abril.
Los resultados reflejan una elevada riqueza de especies, especialmente de aves
acuáticas, con concentraciones invernales que superan habitualmente los 6.000
ejemplares. En los censos se detectaron 67 especies diferentes de avifauna, de las
cuales cinco aves acuáticas invernantes cuentan con alguna categoría de protección:
destacando el zarapito real (Numenius arquata), «En peligro de extinción» según el
CGEA e incluido en el LESRPE; la cerceta común (Anas crecca) y la avefría
europea (Vanellus vanellus), también «En peligro de extinción» en el CGEA; el cormorán
moñudo (Phalacrocorax aristotelis), «Vulnerable» en el CGEA y el CEEA; y el ostrero
euroasiático (Haematopus ostralegus), «Vulnerable» en el CGEA e incluido en el
LESRPE. En el trabajo de campo se identificaron 33 especies, de las cuales solo una
está protegida: el zarapito real (Numenius arquata).
En cuanto a mamíferos terrestres, se detectaron dos especies, el zorro (Vulpes
vulpes) y el jabalí (Sus scrofa), ninguna protegida. Se identificó la lagartija gallega como
único reptil, sin especies protegidas, y no se detectaron anfibios ni especies exóticas o
invasoras. Entre los invertebrados marinos, se encontraron mejillón (Mytilus
galloprovincialis) y ostra (Ostrea edulis).
El área de estudio se localiza dentro del ámbito potencial de distribución del
escribano palustre (Emberiza schoeniclus subsp. lusitanica), especie protegida conforme
al Decreto 75/2013, de 10 de mayo, por el que se aprueba el Plan de recuperación de la
subespecie lusitánica del escribano palustre en Galicia. Sin embargo, no se ha
constatado la presencia de esta especie en las prospecciones realizadas. Asimismo, el
área está clasificada como zona 3 en el Plan de Gestión del Lobo en
Galicia (Decreto 297/2008), lo que implica que únicamente se permiten controles
poblacionales en casos excepcionales; en este caso, tampoco se ha detectado la
presencia de la especie.
Las principales acciones del proyecto pueden afectar a la fauna local por la alteración
y ocupación de biotopos, molestias derivadas del ruido y vibraciones de la maquinaria, y
posibles impactos sobre la calidad de las aguas. El grupo más sensible es la avifauna
cve: BOE-A-2025-15644
Verificable en https://www.boe.es
– Fauna.
Núm. 180
Lunes 28 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101337
La Dirección Xeral de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia, entre otras
condiciones para garantizar la compatibilidad del proyecto con la preservación del
patrimonio natural y la biodiversidad, establece que la circulación y el aparcamiento de
cualquier vehículo vinculado a la actividad deberán realizarse exclusivamente por las
vías y áreas específicamente habilitadas para ello. El promotor responde que las obras
se ejecutarán conforme a lo recogido en la documentación presentada y cumpliendo
todos los condicionantes establecidos por ese organismo.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO, entre las
condiciones que indica para evitar afecciones significativas sobre los valores naturales
objeto de conservación en la zona de actuación, destaca varias medidas ya recogidas en
el EsIA: la realización de una prospección previa de la vegetación y los hábitats a
conservar, la ubicación de instalaciones auxiliares alejadas de flora protegida, la limpieza
periódica de maquinaria y herramientas, y la prohibición del tratamiento biológico para la
erradicación de especies foráneas, priorizando en su lugar el control manual y mecánico.
El promotor responde que el PVA contempla la realización de una prospección previa a
la fase de desbroce, las condiciones propuestas están incluidas en el EsIA y que para la
erradicación de especies foráneas el proyecto prevé el uso de métodos manuales o
mecánicos, así como métodos químicos en caso necesario, pero no contempla
tratamientos biológicos, priorizando siempre el control manual y mecánico.
El estudio de fauna, basado en revisión bibliográfica, bases de datos oficiales,
prospecciones de campo realizadas en 2023, incluye censos de avifauna acuática
invernante en la ría entre 2019 y 2023, así como observaciones directas e indirectas de
avifauna, mamíferos terrestres, reptiles, anfibios y especies exóticas o invasoras. Las
prospecciones se llevaron a cabo en diferentes momentos y áreas: avifauna y mamíferos
en febrero, marzo y abril (un día por mes), y reptiles y anfibios en abril.
Los resultados reflejan una elevada riqueza de especies, especialmente de aves
acuáticas, con concentraciones invernales que superan habitualmente los 6.000
ejemplares. En los censos se detectaron 67 especies diferentes de avifauna, de las
cuales cinco aves acuáticas invernantes cuentan con alguna categoría de protección:
destacando el zarapito real (Numenius arquata), «En peligro de extinción» según el
CGEA e incluido en el LESRPE; la cerceta común (Anas crecca) y la avefría
europea (Vanellus vanellus), también «En peligro de extinción» en el CGEA; el cormorán
moñudo (Phalacrocorax aristotelis), «Vulnerable» en el CGEA y el CEEA; y el ostrero
euroasiático (Haematopus ostralegus), «Vulnerable» en el CGEA e incluido en el
LESRPE. En el trabajo de campo se identificaron 33 especies, de las cuales solo una
está protegida: el zarapito real (Numenius arquata).
En cuanto a mamíferos terrestres, se detectaron dos especies, el zorro (Vulpes
vulpes) y el jabalí (Sus scrofa), ninguna protegida. Se identificó la lagartija gallega como
único reptil, sin especies protegidas, y no se detectaron anfibios ni especies exóticas o
invasoras. Entre los invertebrados marinos, se encontraron mejillón (Mytilus
galloprovincialis) y ostra (Ostrea edulis).
El área de estudio se localiza dentro del ámbito potencial de distribución del
escribano palustre (Emberiza schoeniclus subsp. lusitanica), especie protegida conforme
al Decreto 75/2013, de 10 de mayo, por el que se aprueba el Plan de recuperación de la
subespecie lusitánica del escribano palustre en Galicia. Sin embargo, no se ha
constatado la presencia de esta especie en las prospecciones realizadas. Asimismo, el
área está clasificada como zona 3 en el Plan de Gestión del Lobo en
Galicia (Decreto 297/2008), lo que implica que únicamente se permiten controles
poblacionales en casos excepcionales; en este caso, tampoco se ha detectado la
presencia de la especie.
Las principales acciones del proyecto pueden afectar a la fauna local por la alteración
y ocupación de biotopos, molestias derivadas del ruido y vibraciones de la maquinaria, y
posibles impactos sobre la calidad de las aguas. El grupo más sensible es la avifauna
cve: BOE-A-2025-15644
Verificable en https://www.boe.es
– Fauna.