Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15644)
Resolución de 11 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Restauración marismas de la Ensenada de Mera, en la ría de Ortigueira, término municipal de Ortigueira (A Coruña)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Lunes 28 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101339
seguimiento de la evolución del estado de la marisma y de las comunidades faunísticas,
con especial atención a las aves acuáticas invernantes y a los invertebrados
intermareales.
La Dirección Xeral de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia indica que el
proyecto no está incluido dentro del ámbito de planes de recuperación o conservación de
especies protegidas. Entre las condiciones que establece para garantizar la
compatibilidad del proyecto con la preservación del patrimonio natural y la biodiversidad,
se señala que se evitará la producción de ruidos innecesarios y la contaminación
lumínica que puedan alterar la tranquilidad habitual de las especies de fauna silvestre.
Es especialmente importante evitar la realización de actividades ruidosas durante la
época de reproducción y cría, que comprende desde marzo hasta septiembre. El
promotor responde que las obras se ejecutarán conforme a lo plasmado en la
documentación y a los condicionantes establecidos.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO señala que
existen nueve especies de aves marinas incluidas en el LESRPE, destacando
especialmente la relevancia de la población gallega de cormorán moñudo, que
representa el 74,6 % de la población nidificante en la España peninsular y el 80 % de los
efectivos de la subespecie aristotelis en la península ibérica. Advierte que los ruidos
generados por las obras pueden causar molestias a las aves marinas, especialmente
durante los periodos de cría y nidificación. Informa sobre los periodos de reproducción
del cormorán moñudo (de febrero a agosto), del gavión atlántico (de abril a julio) y de la
gaviota amarilla (de marzo a abril), y señala también el riesgo de colisiones o atropellos
de aves por vehículos.
El informe insta a respetar una serie de condiciones para evitar afecciones negativas
significativas sobre los valores naturales objeto de conservación en la zona de actuación,
como: evitar, durante la temporada de reproducción del cormorán moñudo, de febrero a
agosto, periodo que también engloba el del gavión atlántico (de abril a julio), las
operaciones que generen mayor índice de ruido; prohibir la emisión de ruidos o el uso de
sustancias para atraer o repeler fauna marina, informando detalladamente a los
operarios antes del inicio de las obras sobre las medidas para minimizar las emisiones
sonoras, y repitiendo esta información durante las obras si fuera necesario; y extremar
las precauciones en los trabajos de desbroce durante los periodos de reproducción del
cormorán moñudo y el gavión atlántico, verificando antes de iniciar cualquier actividad, la
ausencia de nidos de aves y consultando a la Subdirección General de Biodiversidad, si
se detectan nidos de especies de interés, recordando que cualquier especie incluida en
el LESRPE está sujeta a un régimen de protección especial.
El promotor responde que, en la medida de lo posible, durante la temporada de
reproducción del cormorán moñudo se evitarán las operaciones con mayor índice de
ruido; no contesta específicamente sobre la prohibición de emitir ruidos o el uso de
sustancias para atraer o repeler fauna, aunque asume el cumplimiento del artículo 57 de
la Ley 42/2007; y se compromete a ampliar el periodo en el que se extremarán las
precauciones durante el desbroce, quedando comprendido entre febrero y agosto, y a
subsanar la medida indicada en el EsIA respecto a la detección de nidos, incluyendo la
consulta a la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina.
El estudio de la diversidad biológica marina en la ría de Ortigueira, recogido en el
anejo sobre calidad de las aguas y caracterización bionómica, se basa en la toma de
muestras realizadas en febrero y mayo de 2023, abarcando tanto comunidades
bentónicas como praderas de fanerógamas marinas y comunidades planctónicas.
Las comunidades bentónicas, representadas por 39 taxones, presentan una
diversidad media-baja, dominada por especies adaptadas a condiciones moderadamente
alteradas, como el poliqueto Cirriformia tentaculata y el molusco Corbula gibba. Estos
organismos habitan fondos intermareales y submareales caracterizados por arenas finas
fangosas, un sustrato típico de la zona.
cve: BOE-A-2025-15644
Verificable en https://www.boe.es
– Biodiversidad marina.
Núm. 180
Lunes 28 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101339
seguimiento de la evolución del estado de la marisma y de las comunidades faunísticas,
con especial atención a las aves acuáticas invernantes y a los invertebrados
intermareales.
La Dirección Xeral de Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia indica que el
proyecto no está incluido dentro del ámbito de planes de recuperación o conservación de
especies protegidas. Entre las condiciones que establece para garantizar la
compatibilidad del proyecto con la preservación del patrimonio natural y la biodiversidad,
se señala que se evitará la producción de ruidos innecesarios y la contaminación
lumínica que puedan alterar la tranquilidad habitual de las especies de fauna silvestre.
Es especialmente importante evitar la realización de actividades ruidosas durante la
época de reproducción y cría, que comprende desde marzo hasta septiembre. El
promotor responde que las obras se ejecutarán conforme a lo plasmado en la
documentación y a los condicionantes establecidos.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO señala que
existen nueve especies de aves marinas incluidas en el LESRPE, destacando
especialmente la relevancia de la población gallega de cormorán moñudo, que
representa el 74,6 % de la población nidificante en la España peninsular y el 80 % de los
efectivos de la subespecie aristotelis en la península ibérica. Advierte que los ruidos
generados por las obras pueden causar molestias a las aves marinas, especialmente
durante los periodos de cría y nidificación. Informa sobre los periodos de reproducción
del cormorán moñudo (de febrero a agosto), del gavión atlántico (de abril a julio) y de la
gaviota amarilla (de marzo a abril), y señala también el riesgo de colisiones o atropellos
de aves por vehículos.
El informe insta a respetar una serie de condiciones para evitar afecciones negativas
significativas sobre los valores naturales objeto de conservación en la zona de actuación,
como: evitar, durante la temporada de reproducción del cormorán moñudo, de febrero a
agosto, periodo que también engloba el del gavión atlántico (de abril a julio), las
operaciones que generen mayor índice de ruido; prohibir la emisión de ruidos o el uso de
sustancias para atraer o repeler fauna marina, informando detalladamente a los
operarios antes del inicio de las obras sobre las medidas para minimizar las emisiones
sonoras, y repitiendo esta información durante las obras si fuera necesario; y extremar
las precauciones en los trabajos de desbroce durante los periodos de reproducción del
cormorán moñudo y el gavión atlántico, verificando antes de iniciar cualquier actividad, la
ausencia de nidos de aves y consultando a la Subdirección General de Biodiversidad, si
se detectan nidos de especies de interés, recordando que cualquier especie incluida en
el LESRPE está sujeta a un régimen de protección especial.
El promotor responde que, en la medida de lo posible, durante la temporada de
reproducción del cormorán moñudo se evitarán las operaciones con mayor índice de
ruido; no contesta específicamente sobre la prohibición de emitir ruidos o el uso de
sustancias para atraer o repeler fauna, aunque asume el cumplimiento del artículo 57 de
la Ley 42/2007; y se compromete a ampliar el periodo en el que se extremarán las
precauciones durante el desbroce, quedando comprendido entre febrero y agosto, y a
subsanar la medida indicada en el EsIA respecto a la detección de nidos, incluyendo la
consulta a la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina.
El estudio de la diversidad biológica marina en la ría de Ortigueira, recogido en el
anejo sobre calidad de las aguas y caracterización bionómica, se basa en la toma de
muestras realizadas en febrero y mayo de 2023, abarcando tanto comunidades
bentónicas como praderas de fanerógamas marinas y comunidades planctónicas.
Las comunidades bentónicas, representadas por 39 taxones, presentan una
diversidad media-baja, dominada por especies adaptadas a condiciones moderadamente
alteradas, como el poliqueto Cirriformia tentaculata y el molusco Corbula gibba. Estos
organismos habitan fondos intermareales y submareales caracterizados por arenas finas
fangosas, un sustrato típico de la zona.
cve: BOE-A-2025-15644
Verificable en https://www.boe.es
– Biodiversidad marina.