Comunidad Autónoma de Aragón. I. Disposiciones generales. Medidas extraordinarias. (BOE-A-2025-15584)
Decreto-ley 2/2025, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón, de medidas extraordinarias dirigidas a garantizar la provisión de puestos de difícil cobertura de personal estatutario sanitario licenciado con título de especialista en Ciencias de la Salud del Servicio Aragonés de Salud.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 28 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 101087
Estas mismas carencias generales en la disponibilidad de personal médico para
atención primaria se están percibiendo y consolidando en el ámbito hospitalario del
Servicio Aragonés de Salud, en gran medida por las mismas razones de singularidad de
las plazas, su situación en zonas alejadas de las grandes ciudades y la especificidad de
las tareas, ya expuestas respecto a los hospitales periféricos, a lo que puede añadirse la
realización de turnos de tarde o deslizantes y la necesidad acuciante de extensión de
jornada.
Ante esta situación resulta necesario que la Comunidad Autónoma, atendiendo al
principio constitucional de eficacia, ejercite las competencias que le son propias para
poder adoptar, de forma urgente, medidas extraordinarias de provisión de puestos de
trabajo en sectores esenciales, para evitar que se produzca un deterioro de la atención
primaria a la ciudadanía en determinados puntos concretos de la geografía aragonesa.
III
El anteriormente citado informe oferta-necesidad de especialistas médicos 2023-2035
incide en que las políticas públicas para la incorporación y retención de personal
especialista deben partir de un hecho evidente y fundamental: que las preferencias y
prioridades de los profesionales sanitarios, como cualquier profesional, son muy
heterogéneas. De aquí que se propugne un marco regulatorio flexible. Además, el informe
considera la seguridad y estabilidad laboral como un componente de recompensa
relevante para que el personal facultativo tome decisiones en su trayectoria profesional.
A estas mismas premisas respondía en último término el acuerdo decisorio adoptado
por el Pleno del Consejo Interterritorial, en su reunión de 24 de abril de 2018, para
«introducir un nuevo artículo 33 bis en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto
Marco del personal estatutario de los servicios de salud, para incentivar la provisión de
plazas de difícil cobertura en el conjunto del Sistema Nacional de Salud».
Y en esta misma línea de propugnar la modificación de los sistemas de selección, si
bien en una perspectiva más global y referida a todo el personal especialista, ya se
pronunció el Congreso de los Diputados en su Dictamen para la reconstrucción social y
económica (julio de 2020), entre cuyas conclusiones en materia sanitaria figura la
necesidad de revisar con urgencia el sistema de selección del personal especialista en
Ciencias de la Salud (en particular, el personal médico), con la finalidad de impulsar el
sistema de concurso.
Finalmente, esta misma previsión de seleccionar el personal especialista por el
sistema de concurso consta en el Plan de recuperación, transformación y resiliencia que
el Gobierno de España presentó a la Comisión Europea en abril de 2021. En efecto, en
su componente 18 se propugna pasar de un sistema que incluye un examen y la
valoración del currículo a otro en el que únicamente se valore el currículo de cada
especialista en Ciencias de la Salud, toda vez que estos ya son evaluados en fases
previas, por ejemplo, para obtener el título de especialista.
IV
En los últimos años, la actividad legislativa del Estado en materia de empleo público
ha estado centrada en normativa básica dirigida a la necesaria reducción de la
temporalidad, atendiendo así a los requerimientos de la Unión Europea.
En este proceso se enmarcan el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; la posterior
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, sobre la misma materia, y el reciente Real Decretoley 12/2022, de 5 de julio, por el que se modifica la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del
Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
Así quedó aplazada nuevamente la imprescindible, esperada y urgente reforma de la
normativa básica en materia de selección de personal especialista en Ciencias de la
Salud, particularmente de aquel llamado a desempeñar puestos de difícil cobertura; y
cve: BOE-A-2025-15584
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 180
Lunes 28 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 101087
Estas mismas carencias generales en la disponibilidad de personal médico para
atención primaria se están percibiendo y consolidando en el ámbito hospitalario del
Servicio Aragonés de Salud, en gran medida por las mismas razones de singularidad de
las plazas, su situación en zonas alejadas de las grandes ciudades y la especificidad de
las tareas, ya expuestas respecto a los hospitales periféricos, a lo que puede añadirse la
realización de turnos de tarde o deslizantes y la necesidad acuciante de extensión de
jornada.
Ante esta situación resulta necesario que la Comunidad Autónoma, atendiendo al
principio constitucional de eficacia, ejercite las competencias que le son propias para
poder adoptar, de forma urgente, medidas extraordinarias de provisión de puestos de
trabajo en sectores esenciales, para evitar que se produzca un deterioro de la atención
primaria a la ciudadanía en determinados puntos concretos de la geografía aragonesa.
III
El anteriormente citado informe oferta-necesidad de especialistas médicos 2023-2035
incide en que las políticas públicas para la incorporación y retención de personal
especialista deben partir de un hecho evidente y fundamental: que las preferencias y
prioridades de los profesionales sanitarios, como cualquier profesional, son muy
heterogéneas. De aquí que se propugne un marco regulatorio flexible. Además, el informe
considera la seguridad y estabilidad laboral como un componente de recompensa
relevante para que el personal facultativo tome decisiones en su trayectoria profesional.
A estas mismas premisas respondía en último término el acuerdo decisorio adoptado
por el Pleno del Consejo Interterritorial, en su reunión de 24 de abril de 2018, para
«introducir un nuevo artículo 33 bis en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto
Marco del personal estatutario de los servicios de salud, para incentivar la provisión de
plazas de difícil cobertura en el conjunto del Sistema Nacional de Salud».
Y en esta misma línea de propugnar la modificación de los sistemas de selección, si
bien en una perspectiva más global y referida a todo el personal especialista, ya se
pronunció el Congreso de los Diputados en su Dictamen para la reconstrucción social y
económica (julio de 2020), entre cuyas conclusiones en materia sanitaria figura la
necesidad de revisar con urgencia el sistema de selección del personal especialista en
Ciencias de la Salud (en particular, el personal médico), con la finalidad de impulsar el
sistema de concurso.
Finalmente, esta misma previsión de seleccionar el personal especialista por el
sistema de concurso consta en el Plan de recuperación, transformación y resiliencia que
el Gobierno de España presentó a la Comisión Europea en abril de 2021. En efecto, en
su componente 18 se propugna pasar de un sistema que incluye un examen y la
valoración del currículo a otro en el que únicamente se valore el currículo de cada
especialista en Ciencias de la Salud, toda vez que estos ya son evaluados en fases
previas, por ejemplo, para obtener el título de especialista.
IV
En los últimos años, la actividad legislativa del Estado en materia de empleo público
ha estado centrada en normativa básica dirigida a la necesaria reducción de la
temporalidad, atendiendo así a los requerimientos de la Unión Europea.
En este proceso se enmarcan el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; la posterior
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, sobre la misma materia, y el reciente Real Decretoley 12/2022, de 5 de julio, por el que se modifica la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del
Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
Así quedó aplazada nuevamente la imprescindible, esperada y urgente reforma de la
normativa básica en materia de selección de personal especialista en Ciencias de la
Salud, particularmente de aquel llamado a desempeñar puestos de difícil cobertura; y
cve: BOE-A-2025-15584
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 180