Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-15472)
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo del personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Viernes 25 de julio de 2025
Artículo 18.

Sec. III. Pág. 100460

Traslados.

La movilidad del personal laboral fijo del ámbito del convenio podrá realizarse a
través de las siguientes figuras:
1. Traslado ordinario: El personal laboral fijo podrá solicitar el traslado o reingreso
voluntario a una plaza vacante de necesaria cobertura, siempre que dicha plaza no se
encuentre comprendida entre las ofrecidas en un proceso de promoción interna o de
nuevo ingreso. La petición de traslado o reingreso, a través de las convocatorias que se
efectúen, deberá incluir plazas que se correspondan con igual régimen de contratación,
grupo profesional, área funcional y especialidad, en su caso, que la ocupada por el
trabajador o trabajadora.
El traslado ordinario del personal laboral fijo, o el reingreso en el caso del personal
en excedencia, se llevará a cabo mediante la participación en la convocatoria
permanente y abierta de reingresos y traslados.
2. Traslados extraordinarios: Excepcionalmente y previo acuerdo de la CPVIE, se
podrán efectuar traslados voluntarios al margen del procedimiento ordinario establecido,
mediante una convocatoria extraordinaria de reingresos y traslados cuando así lo
aconsejen razones organizativas o como consecuencia de la planificación global en el
marco de los planes para la ordenación de los recursos humanos.
También se podrá trasladar al personal laboral fijo mediante las figuras de carácter
excepcional previstas en el presente capítulo siempre que se cumplan las condiciones y
requisitos establecidas para su aplicación.
Artículo 19.

Convocatoria abierta y permanente de reingresos y traslados.

a) En el caso personal laboral fijo en activo, deberá haber permanecido un mínimo
de doce meses adscritos a la plaza de destino, excepto si se trata de trabajadores y
trabajadoras que se hubiesen visto afectados por un traslado obligatorio.
b) Si se tratara de personal laboral fijo en activo afectado por un traslado
obligatorio, durante los dos años siguientes a dicho traslado, sólo se les exigirán nueve
meses de permanencia en el puesto de destino, siempre que concurran solicitando una
plaza del mismo grupo profesional, área funcional y, en su caso, especialidad, en la
misma localidad, provincia o isla donde estaban destinados antes del traslado.
c) En el supuesto del personal laboral fijo en situación distinta de activo, deberá
haber transcurrido el tiempo de permanencia mínima exigible según el tipo de
excedencia declarada.
3. Solicitudes: Las solicitudes se presentarán de forma telemática e irán dirigidas al
Departamento de Recursos Humanos de la AEAT debiendo contener los datos
personales y profesionales del trabajador o trabajadora. Las personas interesadas
podrán incluir en la petición todos los puestos que deseen, pudiendo desistir de su

cve: BOE-A-2025-15472
Verificable en https://www.boe.es

1. Existirá, para el personal laboral fijo una convocatoria permanente y abierta de
reingresos y traslados, con posibles resultas, que incluirá las plazas vacantes que
puedan ser cubiertas de manera inmediata y que no se hubiesen ofrecido previamente
en un proceso de promoción interna o de nuevo ingreso.
De acuerdo con la planificación estratégica de los Recursos Humanos, el estudio de
cargas y las necesidades organizativas y previa información a la CPVIE, se dará
publicidad, en el primer trimestre del año, a las necesidades de cobertura de puestos de
los distintos grupos profesionales, áreas funcionales y especialidades, en su caso, por
centros y localidades que pueden ser cubiertas por este procedimiento. Estas
necesidades se irán actualizando tras las adjudicaciones de plazas que se vayan
efectuando en cada convocatoria trimestral.
La convocatoria de reingresos y traslados tendrá cuatro resoluciones anuales, una
por trimestre.
2. Para poder participar en la convocatoria se precisarán: