Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15304)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica de la revisión de los Planes Especiales de Sequía de las Demarcaciones Hidrográficas del Cantábrico Oriental, Cantábrico Occidental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana, Guadalquivir, Segura, Júcar y Ebro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 23 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98501
espacios de la Red Natura 2000. Al margen de los trasvases destinados a
abastecimiento, el trasvase Zadorra-Arratia, destinado a usos hidroeléctricos y
abastecimiento y cuya toma se ubica en la ZEC Embalses del Sistema Zadorra
(ES2110011). Sin embargo, el PES no incorpora medidas de gestión de estos trasvases
en ninguno de los escenarios de escasez previstos.
El estudio del Tajo indica que el PES no programa la utilización de transferencias de
recursos superficiales o el intercambio de derechos al uso del agua para superar las
situaciones críticas de escasez coyuntural a pesar de que, tal y como refleja el Plan, sí
se contemplan transferencias internas e intercambio de derechos. También se indica
como medida de carácter general la posible activación de transferencias externas de
recursos en situación de alerta y emergencia, sin concretarlas.
El estudio del Segura indica que el PES no programa la utilización de transferencias
de recursos superficiales o el intercambio de derechos al uso del agua para superar las
situaciones críticas de escasez coyuntural. En la Demarcación del Segura existen una
serie de transferencias o intercambios ordinarios, tanto con procedencia externa a la
cuenca, como entre UTEs, que en situación de sequía o escasez podrían verse
afectados pero que no están sujetos a situaciones de sequía o escasez.
El PES del Guadalquivir contempla nueve transferencias internas y dos externas de
recursos. El EsAE señala que no analiza las transferencias que operan de manera
ordinaria y están reguladas exclusivamente por el Plan Hidrológico. Como resultado,
quedan sin evaluación cinco transferencias internas y una externa, pese a que algunas
no están incluidas en el Plan Hidrológico o solo se mencionan en él debido a su previa
incorporación en el Plan de Sequía de 2008. Destaca la falta de análisis de la
transferencia externa que afecta a la UTE 101-Madre de las Marismas, fundamental para
el sustento del Espacio Natural de Doñana.
En cuanto al sistema de intercambio de derechos en el Guadalquivir, el PES
reconoce la habilitación coyuntural de estos sistemas en situaciones de alerta y
emergencia. El EsAE señala que, debido a la naturaleza de la medida, no es posible
conocer con certeza el sentido de los movimientos que pudieran producirse, ya que no
se puede determinar con exactitud qué usuarios y masas de agua cederán derechos ni
quiénes los recibirán. No obstante, incluye una tabla con los intercambios realizados
en 2023, en la que se observa que se han producido intercambios de derechos por un
volumen total de 31,1 hm³. La principal MASup cedente fue ES050MSPF013213007
Corta de los Jerónimos, Los Olivillos y La Fernandina, con un 92,2 % del volumen total
transferido, mientras que la principal receptora fue 050MSPF011100109 Río
Guadalquivir, aguas abajo del río Genil hasta el arroyo Galapagar, que recibió el 65,3 %
del volumen intercambiado. El análisis que realiza el EsAE indica que el espacio RN2000
afectado es la ZEPA0000272 Brazo del Este. Sin embargo, el área que realmente
sustenta la MASup ES050MSPF013213007 es la ZEC ES6150019 Bajo Guadalquivir, un
hábitat crucial para especies en peligro de extinción y de interés comunitario, como
Petromyzon marinus y Acipenser sturio, así como para otras especies de interés
comunitario, como Alosa fallax. Además, este espacio es un hábitat clave para Anguilla
anguilla, por lo que se considera que es posible que estos intercambios de derechos
estén afectando directamente a la Red Natura 2000 y a especies catalogadas.
La Fundación Nueva cultura del Agua considera que algunos contratos de cesión de
derechos privativos de aguas pueden causar impactos ambientales, citando en particular
a los que parten de derechos de agua que no se están usando (derechos de papel), cuya
cesión pueden suponer un aumento neto del uso real del agua y una reducción de los
caudales circulantes. Efectivamente, se reconoce este riesgo cuando se posibilita
excepcionalmente un intercambio de volúmenes concedidos y no de volúmenes
realmente utilizados. También se pueden generar impactos cuando los derechos que se
ceden operan sobre una masa de agua y los que se adquieren afectan a otra distinta.
Este órgano ambiental recuerda que, para estas medidas, cuando resulte
normativamente aplicable, se requerirá haber superado la correspondiente evaluación de
impacto ambiental, ordinaria o simplificada. Este requisito debe aplicarse a todas las
cve: BOE-A-2025-15304
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 176
Miércoles 23 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98501
espacios de la Red Natura 2000. Al margen de los trasvases destinados a
abastecimiento, el trasvase Zadorra-Arratia, destinado a usos hidroeléctricos y
abastecimiento y cuya toma se ubica en la ZEC Embalses del Sistema Zadorra
(ES2110011). Sin embargo, el PES no incorpora medidas de gestión de estos trasvases
en ninguno de los escenarios de escasez previstos.
El estudio del Tajo indica que el PES no programa la utilización de transferencias de
recursos superficiales o el intercambio de derechos al uso del agua para superar las
situaciones críticas de escasez coyuntural a pesar de que, tal y como refleja el Plan, sí
se contemplan transferencias internas e intercambio de derechos. También se indica
como medida de carácter general la posible activación de transferencias externas de
recursos en situación de alerta y emergencia, sin concretarlas.
El estudio del Segura indica que el PES no programa la utilización de transferencias
de recursos superficiales o el intercambio de derechos al uso del agua para superar las
situaciones críticas de escasez coyuntural. En la Demarcación del Segura existen una
serie de transferencias o intercambios ordinarios, tanto con procedencia externa a la
cuenca, como entre UTEs, que en situación de sequía o escasez podrían verse
afectados pero que no están sujetos a situaciones de sequía o escasez.
El PES del Guadalquivir contempla nueve transferencias internas y dos externas de
recursos. El EsAE señala que no analiza las transferencias que operan de manera
ordinaria y están reguladas exclusivamente por el Plan Hidrológico. Como resultado,
quedan sin evaluación cinco transferencias internas y una externa, pese a que algunas
no están incluidas en el Plan Hidrológico o solo se mencionan en él debido a su previa
incorporación en el Plan de Sequía de 2008. Destaca la falta de análisis de la
transferencia externa que afecta a la UTE 101-Madre de las Marismas, fundamental para
el sustento del Espacio Natural de Doñana.
En cuanto al sistema de intercambio de derechos en el Guadalquivir, el PES
reconoce la habilitación coyuntural de estos sistemas en situaciones de alerta y
emergencia. El EsAE señala que, debido a la naturaleza de la medida, no es posible
conocer con certeza el sentido de los movimientos que pudieran producirse, ya que no
se puede determinar con exactitud qué usuarios y masas de agua cederán derechos ni
quiénes los recibirán. No obstante, incluye una tabla con los intercambios realizados
en 2023, en la que se observa que se han producido intercambios de derechos por un
volumen total de 31,1 hm³. La principal MASup cedente fue ES050MSPF013213007
Corta de los Jerónimos, Los Olivillos y La Fernandina, con un 92,2 % del volumen total
transferido, mientras que la principal receptora fue 050MSPF011100109 Río
Guadalquivir, aguas abajo del río Genil hasta el arroyo Galapagar, que recibió el 65,3 %
del volumen intercambiado. El análisis que realiza el EsAE indica que el espacio RN2000
afectado es la ZEPA0000272 Brazo del Este. Sin embargo, el área que realmente
sustenta la MASup ES050MSPF013213007 es la ZEC ES6150019 Bajo Guadalquivir, un
hábitat crucial para especies en peligro de extinción y de interés comunitario, como
Petromyzon marinus y Acipenser sturio, así como para otras especies de interés
comunitario, como Alosa fallax. Además, este espacio es un hábitat clave para Anguilla
anguilla, por lo que se considera que es posible que estos intercambios de derechos
estén afectando directamente a la Red Natura 2000 y a especies catalogadas.
La Fundación Nueva cultura del Agua considera que algunos contratos de cesión de
derechos privativos de aguas pueden causar impactos ambientales, citando en particular
a los que parten de derechos de agua que no se están usando (derechos de papel), cuya
cesión pueden suponer un aumento neto del uso real del agua y una reducción de los
caudales circulantes. Efectivamente, se reconoce este riesgo cuando se posibilita
excepcionalmente un intercambio de volúmenes concedidos y no de volúmenes
realmente utilizados. También se pueden generar impactos cuando los derechos que se
ceden operan sobre una masa de agua y los que se adquieren afectan a otra distinta.
Este órgano ambiental recuerda que, para estas medidas, cuando resulte
normativamente aplicable, se requerirá haber superado la correspondiente evaluación de
impacto ambiental, ordinaria o simplificada. Este requisito debe aplicarse a todas las
cve: BOE-A-2025-15304
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 176