Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15304)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica de la revisión de los Planes Especiales de Sequía de las Demarcaciones Hidrográficas del Cantábrico Oriental, Cantábrico Occidental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana, Guadalquivir, Segura, Júcar y Ebro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 23 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98497
varias UTE que combinan el uso de abastecimiento y regadío contemplan la posibilidad
de reducir las dotaciones de riegos no regulados y subterráneos. El objetivo de esta
medida es mantener una reserva estratégica de agua subterránea para su posible
movilización en caso de alerta o emergencia en la UTE. Al mismo tiempo, en estas
mismas UTE (501-Hoya de Guadix, 601-Bermejales, 602-Vega Alta y Media de Granada,
701-Regulación General), se prevé una reducción del volumen de agua suministrada
para el abastecimiento, que oscilaría entre un 5 % y un 10 % en escenarios de alerta y
emergencia, respectivamente. Es importante destacar que en aquellos casos en los que
se prevea prescindir del mantenimiento de los caudales ecológicos mínimos en favor del
abastecimiento, conforme al artículo 59.7 del texto refundido de la Ley de Aguas
previamente se deberán haber aplicado las reducciones en las dotaciones de riegos no
regulados y subterráneos.
Algunos otros planes y estudios ambientales estratégicos sí especifican con mayor o
menor detalle las masas de agua subterránea afectadas, la localización de los pozos de
sequía y el rango de sus posibles extracciones. El estudio ambiental del Júcar
identifica 16 pozos de sequía de titularidad pública (UTE 1, 5 y 6) e indica la existencia
de una cantidad indeterminada de pozos de sequía de titularidad privada (UTE 1, 4 y 5).
Para estos pozos se identifican las masas de agua de las que se extrae, el volumen
máximo y el índice de explotación. El estudio ambiental no identifica ningún pozo de
sequía en las UTE 2, 3, 7, 8 y 9 a pesar de que en su programa de medidas para paliar
la escasez figura la activación de pozos de sequía, aunque señala que los usuarios
podrán disponer de otros pozos existentes, de los que no se puede disponer de
ubicación precisa, puesto que su elección dependerá de la infraestructura operativa en
cada momento. Por otra parte, el anexo 6 del Plan Hidrológico del Júcar (Sistemas de
explotación y balances) incluye pozos de sequía dentro de las infraestructuras de varios
sistemas de explotación, los cuales coinciden con las UTE 1, 2, 4, 5, 6 y 8. El citado
anexo 6 señala las masas de agua de las que se extrae, lo volúmenes máximos
extraídos y la forma de gestión, estableciendo que su activación está condicionada a los
umbrales y criterios establecidos en el PES.
El PES del Segura plantea únicamente la movilización de recursos subterráneos
extraordinarios por medio de la explotación de los pozos de sequía preexistentes y con
declaración de impacto ambiental previa favorable. Para ello, PES identifica 10 baterías
de pozos de sequía para las cuales se especifican las masas de agua subterránea
afectadas, la localización de los pozos de sequía, el rango de sus posibles extracciones
y el destino del recurso. El estudio de ambiental estratégico señala que todos los pozos,
excepto los ubicados en la masa de agua Campo de Cartagena, se ubican sobre masas
de agua en buen estado cuantitativo y que la explotación de estos pozos en anteriores
sequías no ha afectado negativamente al mantenimiento del buen estado cuantitativo de
las masas de agua que los contienen. También señala que la explotación conjunta de las
aguas superficiales y subterráneas puede ayudar a superar situaciones de estrés hídrico
de las aguas superficiales, y de los usos y necesidades ambientales que de ellas
dependen. Una utilización mayor de las aguas subterráneas durante las fases de
escasez para cubrir la caída de las superficiales puede contribuir a proteger usos y
ecosistemas, compensando posteriormente con una mayor utilización de las aguas
superficiales en secuencias húmedas, facilitando la recarga a los acuíferos. De esta
forma, se recuperarían los niveles piezométricos y, en caso de masas en proceso de
recuperación, se evitaría la inversión de la tendencia positiva.
El estudio ambiental estratégico del PES del Tajo no programa la utilización general
de extracciones de aguas subterráneas de refuerzo para superar las situaciones críticas
de escasez coyuntural. Únicamente se considera el uso de pozos de sequía en la
UTE 05 Abastecimiento a Madrid, donde el PES considera expresamente el
aprovechamiento de un volumen de aguas subterráneas, para el cálculo de los umbrales
de escasez. El estudio señala que las extracciones que pueda realizar el Canal de Isabel
II están amparadas por distintas concesiones de aprovechamiento de agua que ya
fueron sometidas a su correspondiente evaluación ambiental y no suponen un
cve: BOE-A-2025-15304
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 176
Miércoles 23 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98497
varias UTE que combinan el uso de abastecimiento y regadío contemplan la posibilidad
de reducir las dotaciones de riegos no regulados y subterráneos. El objetivo de esta
medida es mantener una reserva estratégica de agua subterránea para su posible
movilización en caso de alerta o emergencia en la UTE. Al mismo tiempo, en estas
mismas UTE (501-Hoya de Guadix, 601-Bermejales, 602-Vega Alta y Media de Granada,
701-Regulación General), se prevé una reducción del volumen de agua suministrada
para el abastecimiento, que oscilaría entre un 5 % y un 10 % en escenarios de alerta y
emergencia, respectivamente. Es importante destacar que en aquellos casos en los que
se prevea prescindir del mantenimiento de los caudales ecológicos mínimos en favor del
abastecimiento, conforme al artículo 59.7 del texto refundido de la Ley de Aguas
previamente se deberán haber aplicado las reducciones en las dotaciones de riegos no
regulados y subterráneos.
Algunos otros planes y estudios ambientales estratégicos sí especifican con mayor o
menor detalle las masas de agua subterránea afectadas, la localización de los pozos de
sequía y el rango de sus posibles extracciones. El estudio ambiental del Júcar
identifica 16 pozos de sequía de titularidad pública (UTE 1, 5 y 6) e indica la existencia
de una cantidad indeterminada de pozos de sequía de titularidad privada (UTE 1, 4 y 5).
Para estos pozos se identifican las masas de agua de las que se extrae, el volumen
máximo y el índice de explotación. El estudio ambiental no identifica ningún pozo de
sequía en las UTE 2, 3, 7, 8 y 9 a pesar de que en su programa de medidas para paliar
la escasez figura la activación de pozos de sequía, aunque señala que los usuarios
podrán disponer de otros pozos existentes, de los que no se puede disponer de
ubicación precisa, puesto que su elección dependerá de la infraestructura operativa en
cada momento. Por otra parte, el anexo 6 del Plan Hidrológico del Júcar (Sistemas de
explotación y balances) incluye pozos de sequía dentro de las infraestructuras de varios
sistemas de explotación, los cuales coinciden con las UTE 1, 2, 4, 5, 6 y 8. El citado
anexo 6 señala las masas de agua de las que se extrae, lo volúmenes máximos
extraídos y la forma de gestión, estableciendo que su activación está condicionada a los
umbrales y criterios establecidos en el PES.
El PES del Segura plantea únicamente la movilización de recursos subterráneos
extraordinarios por medio de la explotación de los pozos de sequía preexistentes y con
declaración de impacto ambiental previa favorable. Para ello, PES identifica 10 baterías
de pozos de sequía para las cuales se especifican las masas de agua subterránea
afectadas, la localización de los pozos de sequía, el rango de sus posibles extracciones
y el destino del recurso. El estudio de ambiental estratégico señala que todos los pozos,
excepto los ubicados en la masa de agua Campo de Cartagena, se ubican sobre masas
de agua en buen estado cuantitativo y que la explotación de estos pozos en anteriores
sequías no ha afectado negativamente al mantenimiento del buen estado cuantitativo de
las masas de agua que los contienen. También señala que la explotación conjunta de las
aguas superficiales y subterráneas puede ayudar a superar situaciones de estrés hídrico
de las aguas superficiales, y de los usos y necesidades ambientales que de ellas
dependen. Una utilización mayor de las aguas subterráneas durante las fases de
escasez para cubrir la caída de las superficiales puede contribuir a proteger usos y
ecosistemas, compensando posteriormente con una mayor utilización de las aguas
superficiales en secuencias húmedas, facilitando la recarga a los acuíferos. De esta
forma, se recuperarían los niveles piezométricos y, en caso de masas en proceso de
recuperación, se evitaría la inversión de la tendencia positiva.
El estudio ambiental estratégico del PES del Tajo no programa la utilización general
de extracciones de aguas subterráneas de refuerzo para superar las situaciones críticas
de escasez coyuntural. Únicamente se considera el uso de pozos de sequía en la
UTE 05 Abastecimiento a Madrid, donde el PES considera expresamente el
aprovechamiento de un volumen de aguas subterráneas, para el cálculo de los umbrales
de escasez. El estudio señala que las extracciones que pueda realizar el Canal de Isabel
II están amparadas por distintas concesiones de aprovechamiento de agua que ya
fueron sometidas a su correspondiente evaluación ambiental y no suponen un
cve: BOE-A-2025-15304
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Núm. 176