Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15213)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta eólica "Los Sarmientos", de 86,72 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza».
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Martes 22 de julio de 2025

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iluminación de las turbinas, que pueden provocar el abandono definitivo o temporal de
las especies residentes. A su vez, produciría la pérdida y transformación de hábitats
asociados a las nuevas estructuras permanentes; efecto barrera, particularmente si tiene
lugar la fragmentación de áreas de alimentación, invernada, nidificación o dormideros; y
mortalidad por colisión o barotrauma con los aerogeneradores, y por colisión o
electrocución con la línea eléctrica de evacuación.
Algunas medidas propuestas para reducir las afecciones a la fauna son: iniciar las
obras fuera de los periodos de reproducción y cría de especies sensibles, contar con
sistemas de escape para fauna atrapada en zanjas, comunicar al órgano competente la
nidificación de especies de interés durante la fase de obra, emplear cerramientos
permeables para fauna de pequeño porte sin elementos cortantes ni punzantes, evitar
los trabajos nocturnos, diseñar las torres anemométricas como monopolos tubulares o
torres autoportantes, identificar nidos y especies de importancia antes de comenzar la
fase de obra, crear rampas que faciliten la salida a herpetos y micromamíferos en las
arquetas de las obras de drenaje transversal, comunicar al órgano competente cualquier
incidente con aves del entorno para establecer medidas compensatorias, y retirar
animales muertos para evitar la concentración de aves carroñeras en la zona. Asimismo,
se aplicarán las medidas de prevención contra la electrocución que establece el Real
Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la
protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta
tensión, como el revestimiento de los conductores en la proximidad de los apoyos y la
colocación de balizas salvapájaros en el cable de tierra. En concreto, el promotor
propone colocar balizas anticolisión giratorias reflectantes cada 10 m en el cable de
tierra. Como medida compensatoria, se plantea equipar con GPS un individuo de águila
real.
Por último, el promotor indica que tomará las medidas que considere oportunas en
función del seguimiento de fauna y del plan de vigilancia ambiental. En cuanto a los
quirópteros, recomienda llevar a cabo un seguimiento en paralelo de la actividad en
altura y de la mortalidad durante la fase de operación que, junto con datos de las
condiciones ambientales, permite modelizar las condiciones en las que se producen
episodios de mortalidad. Con esta información, se puede rebajar la mortalidad hasta
un 90 % arrancando los aerogeneradores con vientos por encima de los 6 m/s en las
noches en que se den condiciones de riesgo elevado.
Además, para la valoración de riesgos, propone el seguimiento de la mortalidad
durante un periodo mínimo de cinco años desde la puesta en marcha del parque,
mediante la realización de censos anuales específicos para evaluar las poblaciones
antes y después de la puesta en marcha del proyecto; y el seguimiento del uso del
espacio en el área del parque con especial atención a las especies identificadas,
contemplando actuaciones de restauración de hábitat y medidas compensatorias
adicionales cuando las encaminadas a recuperar el uso del área de ocupación no hayan
sido efectivas.
Tras la aplicación de las medidas apuntadas anteriormente, el EsIA considera que el
proyecto inicial acarrearía un impacto entre moderado y severo dependiendo de las
especies consideradas. En concreto, la mortalidad causada por las estructuras
provocaría un impacto severo para el águila real, el águila perdicera y la culebrera
europea, y moderado para el buitre leonado, el alimoche común, la chova piquirroja y la
curruca rabilarga. En la adenda al EsIA el promotor argumenta que el proyecto
modificado reduce las afecciones sobre especies como el águila perdicera, el aguilucho
cenizo, el alimoche y la chova piquirroja.
El INAGA, en su informe sobre el proyecto inicial, indica que la LAT y varios
aerogeneradores del parque eólico se ubican en zonas delimitadas como áreas
prioritarias de reproducción, alimentación, dispersión y concentración local de las
especies de aves incluidas en el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón. En el
entorno de las infraestructuras proyectadas se localizan nidos, dormideros y zonas de

cve: BOE-A-2025-15213
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