Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15213)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta eólica "Los Sarmientos", de 86,72 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza».
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 97996

considera que la presencia esperable en el ámbito del proyecto será esporádica. En esta
respuesta, el promotor indica que propondrá las medidas necesarias para disminuir el
riesgo de colisión al finalizar el estudio de avifauna.
El segundo informe del INAGA, sobre el proyecto modificado y el estudio completo
de avifauna, reitera las valoraciones que ya realizó sobre el proyecto inicial.
Concretamente, reafirma que las afecciones más significativas tendrán lugar sobre la
avifauna y los quirópteros, a causa de la mortalidad asociada a las infraestructuras del
proyecto, el efecto barrera y la pérdida y fragmentación de los hábitats necesarios para
su desarrollo. Estas afecciones se expresarían en forma de reducciones poblacionales
y/o cambios en las rutas migratorias.
Asimismo, destaca la importante incidencia que podrá tener el diseño del PE sobre el
uso del muladar de Fabara, concretamente, la potencial afección sobre el uso del mismo
y sobre las rutas de acceso de las distintas especies que lo utilizan puede ser
significativa, como consta en el EsIA y en el estudio final de avifauna, ya que el flujo de
ejemplares de las especies citadas es frecuente y el PE modificado ha aproximado el
aerogenerador LOR01 al muladar.
El INAGA señala que el promotor no incorpora las alternativas propuestas en su
informe inicial al proyecto modificado. Este organismo certifica que no se ha incluido el
plan de medidas encaminado a minimizar el riesgo de colisión de fauna, con sistemas de
visión artificial y la instalación de sensores de disuasión y/o parada, y la señalización de
las palas de los aerogeneradores para mejorar su visibilidad.
Por lo tanto, puede deducirse que las modificaciones introducidas por el promotor no
han sido capaces de solventar la problemática ambiental del proyecto.
Por otra parte, SEO/BirdLife, informa sobre el proyecto inicial, que la zona presenta
una gran importancia ornitológica en la que predominan las especies de aves rapaces.
Esta asociación aporta un listado de las especies de aves amenazadas que se verían
afectadas directa o indirectamente por el proyecto. Entre ellas, enfatiza que el águila
perdicera cuenta con un territorio histórico a menos de 4 km del aerogenerador LOR11
del proyecto inicial (LOR09 en el proyecto modificado) y con 10 nidos a menos de 10 km
del proyecto. Los datos de radioseguimiento indican que el área proyectada resulta un
área de campeo habitual para la especie. La tórtola europea (Streptopelia turtur) sufriría
pérdida de hábitat de alimentación a causa del proyecto, que es uno de los principales
motivos de su declive actual. A su vez, el milano real y el alimoche común se verían
afectados por la mortalidad por colisión con las infraestructuras, que suponen un riesgo
para estas especies. Además, el desarrollo del proyecto se traduciría en una pérdida del
hábitat óptimo para, al menos, 14 especies amenazadas. La explotación de la instalación
acarreará una serie de molestias como ruido, electromagnetismo y vibraciones, y un
aumento en el trasiego de personas. Todo esto podría derivar en que dichas especies
abandonen la zona, viéndose obligadas a desplazarse a otros hábitats alternativos y de
peor calidad. Considera insuficientes las medidas preventivas y correctoras del EsIA. Por
lo tanto, considera que el impacto del proyecto sobre la fauna debería calificarse como
crítico y solicita que se deniegue su autorización.
En respuesta al informe de SEO/BirdLife, el promotor hace referencia a los
resultados de su estudio de avifauna, en los que valora que el impacto sobre estas
especies será moderado. Indica que las valoraciones de la asociación ecologista no
concuerdan con sus observaciones en campo.
Esta Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del MITECO considera
que el área seleccionada para la implantación del proyecto no solo se encuentra rodeada
en todas direcciones de espacios de gran valor para comunidad faunística, sino que
tiene un papel fundamental en sí misma. Como bien indica el promotor, se trata de una
zona de tránsito entre estos espacios, que permite el movimiento de especies de aves
amenazadas y/o susceptibles a los efectos del proyecto entre las numerosas zonas de
cría cercanas, zonas de descanso y zonas de alimentación, como los escarpes del
embalse del Ebro y del río Matarraña y el muladar de Fabara. El proyecto, al ubicarse
entre estos lugares e interrumpir o dificultar el tránsito continuo entre ellos, supondría un

cve: BOE-A-2025-15213
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 175