Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15212)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta de almacenamiento de energía La Farga Bess, de 148,379 MW, y para su infraestructura de evacuación, en la provincia de Girona».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Martes 22 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 97978

Barcelona-Portbou, TAV) atraviesa los Terraprims longitudinalmente y los divide en dos
sectores. La población es dispersa en pequeños núcleos, masías y vecindarios.
Según el análisis realizado por el promotor, el futuro parque de baterías sería
parcialmente visible desde un tramo de aproximadamente 400 metros de la
carretera A-2, con una vista lateral y cercana (no frontal), y parcialmente oculta por las
ondulaciones del terreno. Este parque no sería visible desde la autopista, y la única
franja visual afectada correspondería a dicho tramo de la A-2. En cuanto a la subestación
eléctrica, no sería visible desde la A-2 (estando oculta por la masa forestal existente), ni
desde la autopista. Este entorno no es visible desde ningún punto habitado, ni desde
residencias habituales ni de segunda residencia, salvo desde un taller mecánico situado
al norte del futuro parque de baterías, desde donde solo sería visible el parque de
baterías. Como medida correctora, se instalará una pantalla vegetal a lo largo de la
fachada oeste del parque de baterías, junto a la carretera A-2. Esta barrera estará
compuesta por una doble alineación de chopos, con una separación de 2 metros entre
troncos. Los árboles tendrán un perímetro mínimo de 14-16 cm y se plantarán en
contenedor o con raíz desnuda, según la época del año, priorizando el período de reposo
vegetativo (noviembre a febrero).
El promotor será responsable de garantizar la viabilidad de la plantación durante la
fase de explotación del parque, implementando un sistema de riego por goteo
permanente o al menos 15 riegos anuales, distribuidos entre abril y octubre. Además,
deberá realizar dos limpiezas de alcorque (mayo y octubre), dos abonados (febrero y
agosto) y una poda anual con retirada de chupones en noviembre.
c.9

Patrimonio cultural.

El documento ambiental señala que en el área afectada por el proyecto y su entorno
cercano no hay elementos de patrimonio arquitectónico, arqueológico ni yacimientos
paleontológicos inventariados.
Como medida correctora, se propone un seguimiento arqueológico durante los
movimientos de tierra para documentar posibles hallazgos no visibles en superficie. Si se
encuentran restos arqueológicos o arquitectónicos afectados, se notificará de inmediato
a la Dirección General del Patrimonio Cultural de la Generalitat de Catalunya y a la
promotora de las obras para evaluar su impacto en el proyecto. Este control arqueológico
deberá realizarse conforme a la normativa vigente, bajo la dirección de un arqueólogo
autorizado por la Dirección General del Patrimonio Cultural, según lo establecido en la
Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y el Decreto 78/2002,
del Reglamento de protección del patrimonio arqueológico y paleontológico.
La Dirección General del Patrimonio Cultural de la Generalitat de Catalunya informa
que, en el ámbito del proyecto, ningún elemento patrimonial conocido queda directamente
afectado.
Impactos acumulados y sinérgicos.

El documento ambiental hace una valoración de los impactos sinérgicos y
acumulativos del proyecto teniendo en cuenta las instalaciones y actividades
actualmente presentes en la zona. Dicha valoración concluye que dichos impactos son
totalmente asumibles.
La Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural de la Generalitat de
Cataluña informa que las valoraciones realizadas no contemplan los distintos proyectos
de plantas fotovoltaicas e instalaciones de almacenamiento en la zona, entre ellos:
PSVF-Farga Solar (49,9 MW), PSFV-Gironès 1 (18,9 MW), PSFV-Gironès 2 (10,5 MW),
PSFV Crespià y la BESS de almacenamiento Glauco-Almacena (49,9 MW). Para
minimizar los impactos innecesarios sobre el suelo y los hábitats, el diseño de las
infraestructuras de evacuación se coordinará, en la medida de lo posible, con otras
infraestructuras similares que puedan desarrollarse en la zona de manera simultánea al
proyecto en evaluación.

cve: BOE-A-2025-15212
Verificable en https://www.boe.es

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