Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-15212)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta de almacenamiento de energía La Farga Bess, de 148,379 MW, y para su infraestructura de evacuación, en la provincia de Girona».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175
Martes 22 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 97980
los criterios, limitaciones ni condicionantes establecidos para el control de elementos
vulnerables. Sin embargo, debido a la presencia de los riesgos identificados, se
considera conveniente que las personas involucradas en el desarrollo del proyecto –
especialmente durante la fase de ejecución de las obras– sean informadas
adecuadamente de dichos riesgos, con el fin de poder adoptar las medidas de
precaución necesarias en las zonas afectadas.
c.12
Programa de vigilancia ambiental (PVA).
El promotor incluye un PVA, durante la fase de obras se implementará una
supervisión técnica ambiental para garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental
y la protección del entorno. Esta supervisión podrá ser asumida por el director de obra
siguiendo las directrices establecidas.
Las principales medidas de control ambiental incluyen:
– Protección del entorno forestal: Delimitación del área de trabajo, señalización de
árboles a talar y correcta gestión de los restos vegetales para evitar incendios.
– Restauración del terreno: Regeneración de las áreas afectadas tras la
construcción para prevenir erosión.
– Gestión del suelo: Redistribución de tierras para minimizar el impacto ambiental y
selección adecuada de zonas para depósitos y acopios.
– Supervisión de tala y eliminación de residuos: Correcto manejo de los restos
vegetales y su rápida eliminación según la normativa vigente.
– Minimización de impactos en la población: Control de ruido, polvo, tráfico de
camiones y búsqueda de soluciones ante posibles conflictos con residentes.
– Mantenimiento de accesos y vías de comunicación afectados por las obras.
– Verificación final: Asegurar que no queden residuos ni restos de obra que afecten
la recuperación del suelo agrícola.
La Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural de la Generalitat de
Cataluña informa que el PVA no describe las actuaciones a realizar, inspecciones,
periodicidad, medidas de prevención y de corrección ni la emisión de los
correspondientes informes, por lo que deberá elaborarse un PVA que describa las
actuaciones a realizar, inspecciones, periodicidad, medidas de prevención y corrección,
con el objetivo de supervisar especialmente las actuaciones a llevar a cabo para
minimizar los impactos que se puedan generar por las actividades que se lleven a cabo
afectando los terrenos forestales del entorno y contemplando los efectos sinérgicos de
las instalaciones en proyecto cercanas. El promotor en su proyecto modificado ajusta el
PVA con la inclusión de la periodicidad necesaria de las actuaciones para monitorizar la
implantación adecuada de las medidas contempladas en el documento ambiental. En
este sentido, se prevé la emisión de informes ambientales de seguimiento con
periodicidad semanal, quincenal o mensual, según el tipo de actuación, durante la fase
de obras y explotación. Estos informes incluirán el control de tareas como la delimitación
del área de ocupación, tala y gestión de restos vegetales, restauración de hábitats,
control acústico, entre otros vectores ambientales descritos. Los informes serán remitidos
a la Dirección de Obra y, en su caso, a la administración ambiental competente.
Prescripciones al proyecto:
Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas
ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los
«Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se
encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las
actuaciones previstas.
Asimismo, el promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras
contempladas en el documento ambiental, en lo que no resulten contrarias a la presente
cve: BOE-A-2025-15212
Verificable en https://www.boe.es
d)
Núm. 175
Martes 22 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 97980
los criterios, limitaciones ni condicionantes establecidos para el control de elementos
vulnerables. Sin embargo, debido a la presencia de los riesgos identificados, se
considera conveniente que las personas involucradas en el desarrollo del proyecto –
especialmente durante la fase de ejecución de las obras– sean informadas
adecuadamente de dichos riesgos, con el fin de poder adoptar las medidas de
precaución necesarias en las zonas afectadas.
c.12
Programa de vigilancia ambiental (PVA).
El promotor incluye un PVA, durante la fase de obras se implementará una
supervisión técnica ambiental para garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental
y la protección del entorno. Esta supervisión podrá ser asumida por el director de obra
siguiendo las directrices establecidas.
Las principales medidas de control ambiental incluyen:
– Protección del entorno forestal: Delimitación del área de trabajo, señalización de
árboles a talar y correcta gestión de los restos vegetales para evitar incendios.
– Restauración del terreno: Regeneración de las áreas afectadas tras la
construcción para prevenir erosión.
– Gestión del suelo: Redistribución de tierras para minimizar el impacto ambiental y
selección adecuada de zonas para depósitos y acopios.
– Supervisión de tala y eliminación de residuos: Correcto manejo de los restos
vegetales y su rápida eliminación según la normativa vigente.
– Minimización de impactos en la población: Control de ruido, polvo, tráfico de
camiones y búsqueda de soluciones ante posibles conflictos con residentes.
– Mantenimiento de accesos y vías de comunicación afectados por las obras.
– Verificación final: Asegurar que no queden residuos ni restos de obra que afecten
la recuperación del suelo agrícola.
La Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural de la Generalitat de
Cataluña informa que el PVA no describe las actuaciones a realizar, inspecciones,
periodicidad, medidas de prevención y de corrección ni la emisión de los
correspondientes informes, por lo que deberá elaborarse un PVA que describa las
actuaciones a realizar, inspecciones, periodicidad, medidas de prevención y corrección,
con el objetivo de supervisar especialmente las actuaciones a llevar a cabo para
minimizar los impactos que se puedan generar por las actividades que se lleven a cabo
afectando los terrenos forestales del entorno y contemplando los efectos sinérgicos de
las instalaciones en proyecto cercanas. El promotor en su proyecto modificado ajusta el
PVA con la inclusión de la periodicidad necesaria de las actuaciones para monitorizar la
implantación adecuada de las medidas contempladas en el documento ambiental. En
este sentido, se prevé la emisión de informes ambientales de seguimiento con
periodicidad semanal, quincenal o mensual, según el tipo de actuación, durante la fase
de obras y explotación. Estos informes incluirán el control de tareas como la delimitación
del área de ocupación, tala y gestión de restos vegetales, restauración de hábitats,
control acústico, entre otros vectores ambientales descritos. Los informes serán remitidos
a la Dirección de Obra y, en su caso, a la administración ambiental competente.
Prescripciones al proyecto:
Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas
ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los
«Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se
encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las
actuaciones previstas.
Asimismo, el promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras
contempladas en el documento ambiental, en lo que no resulten contrarias a la presente
cve: BOE-A-2025-15212
Verificable en https://www.boe.es
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