Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-14937)
Resolución de 8 de mayo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la gestión indirecta contractual de los servicios públicos por las entidades locales de las comunidades autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicio 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Viernes 18 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 96703

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En los contratos números 11, 15, 20, 22, 24, 25, 26, 27, 28 y 3215 del Anexo I16 no se desglosa
el presupuesto base de licitación indicando en el pliego de cláusulas administrativas particulares
o documento regulador de la licitación los costes directos e indirectos y otros eventuales
calculados para su determinación (artículo 100.2 de la LCSP).

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En los contratos números 11, 14, 1517, 16, 17, 19, 20, 21, 23, 24, 25, 26, 27, 28 y 3218 del Anexo
I19 no se expresa en el presupuesto base de licitación de forma desglosada y con desagregación
de género y categoría profesional los costes salariales estimados a partir del convenio laboral
de referencia (artículo 100.2 de la LCSP).

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En el contrato de conservación, mantenimiento y restauración de los jardines, arbolado de
alineación y medianas y rotondas del municipio de Murcia y de los suministros necesarios para
ello (Lote I) (número 24 del Anexo I) se aprecia una discrepancia en cuanto a su importe entre
el PCAP y el PPT. La cláusula 3.1 del PCAP establece que el presupuesto base de licitación
asciende a 48.908.171,42 euros, IVA excluido; sin embargo, el PPT fija el importe del contrato
en 50.483.915,50, IVA excluido.
En el contrato de prestación del servicio de ayuda a domicilio en el municipio de Toledo (número
28 del Anexo I) el presupuesto anual de licitación es de 744.725, 24 euros, IVA excluido. En el
contrato anterior al ahora fiscalizado el importe pagado en el último año de vigencia fue de
625.192, 59 euros, IVA excluido. En consecuencia, el presupuesto anual de licitación del nuevo
contrato implica un incremento del precio estimado de un 19 % respecto al precio del contrato
anterior, sin que se contemplen nuevas prestaciones que expliquen dicho aumento.

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La Mancomunidad Zona Centro ha aportado en el curso de la fiscalización un informe desglosando los costes
determinantes del presupuesto de licitación. Dicho informe es de fecha posterior a la adjudicación del contrato, por lo que
no acredita el cumplimiento de lo establecido en el artículo 100.2 de la LCSP.
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Contratos adjudicados por el Ayuntamiento de Almansa (número 11), el Ayuntamiento de Cáceres (número 15), Logroño
Deportes, S.A. (número 20), el Ayuntamiento de los Corrales de Buelna (número 22), el Ayuntamiento de Murcia (números
24 y 25), el Ayuntamiento de San Javier (número 26), el Ayuntamiento de Talavera de la Reina (número 27), el
Ayuntamiento de Toledo (número 28) y la Mancomunidad de municipios Zona Centro (número 32).
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El Ayuntamiento de Cáceres ha aportado en el curso de la fiscalización un informe detallando los costes determinantes
del presupuesto de licitación. Dicho informe es de fecha posterior a la adjudicación del contrato, por lo que no acredita el
cumplimiento de lo establecido en el artículo 100.2 de la LCSP.
La Mancomunidad Zona Centro ha aportado en el curso de la fiscalización un informe desglosando los costes salariales.
Dicho informe es de fecha posterior a la adjudicación del contrato, por lo que no acredita el cumplimiento de lo establecido
en el artículo 100.2 de la LCSP.
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Contratos adjudicados por el Ayuntamiento de Almansa (número 11), Bahía de Mazarrón Ingeniería Urbana 2007,
S.L.(número 14), el Ayuntamiento de Cáceres (número 15), el Ayuntamiento de Calahorra (número 16), el Ayuntamiento
de Castro-Urdiales (número 17), el Ayuntamiento de Logroño (número 19), Logroño Deporte, S.A. (número 20), el
Ayuntamiento de Lorquí (número 21), el Ayuntamiento de Luena (número 23), el Ayuntamiento de Murcia (números 24 y
25), el Ayuntamiento de San Javier (número 26), el Ayuntamiento de Talavera de la Reina (número 27), el Ayuntamiento
de Toledo (número 28) y la Mancomunidad de municipios Zona Centro (número 32).
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 21/12/2022

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cve: BOE-A-2025-14937
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