Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Servicios portuarios. (BOE-A-2025-14945)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, por la que se publica la modificación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de practicaje en el Puerto Bahía de Algeciras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Viernes 18 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 96834

practicaje para la hora estimada de inicio de maniobra. No obstante, en caso de realizar
la coordinación y el coordinador del servicio de practicaje estime que todos los recursos
van a estar ocupados podrá, de manera justificada, rechazar la solicitud, debiendo
proponer una nueva hora de inicio del servicio.
4. Una vez realizada la solicitud del servicio de practicaje por el consignatario, el
Capitán, el armador del buque o la Terminal, la Autoridad Portuaria comunicará al
prestador del servicio, con no menos de dos horas de antelación a la llegada prevista del
buque (ETA), la autorización de la maniobra por el procedimiento establecido por la
Autoridad Portuaria. Igualmente, se comunicarán lo antes posible (preferiblemente entre
sistemas de información) todas las autorizaciones de maniobras que la Autoridad
Portuaria realice con menos de dos horas sobre la hora estimada de inicio de la misma.
a)

Practicaje de entrada.

i. El prestador del servicio de practicaje recibirá información actualizada del servicio
cuando el buque realice la primera llamada al Centro de Control de Tráfico Marítimo de la
Autoridad Portuaria según el procedimiento de comunicaciones vigente, siempre
garantizando un mínimo de una hora sobre la hora prevista. La solicitud formal del
servicio será realizada mediante comunicación y aviso del operador SIIGB con, al
menos, veinte minutos de antelación (tiempo de respuesta) al embarque del Práctico,
informando de la fecha y hora de llegada del buque al punto de embarque de Práctico.
Con carácter general, la prioridad de maniobra, salvo instrucciones de la Autoridad
Portuaria en sentido contrario, será el orden de llegada y cruce de la línea imaginaria que
une los faros de Punta Europa y Punta Carnero. El buque, en su maniobra de entrada
debe contactar con el Centro de Control de Tráfico Marítimo de la Autoridad Portuaria
según el procedimiento de comunicaciones establecido y declara la intención de realizar
la maniobra de entrada informando de la hora estimada de llegada del buque al punto de
embarque de Prácticos. Los operadores de tráfico marítimo analizan la hora planificada
de llegada al punto de embarque de Prácticos, la hora de disponibilidad de atraque o
fondeo, la disponibilidad de servicios portuarios de practicaje, remolque y amarre, las
condiciones del tráfico marítimo presente y previsto, condiciones meteorológicas y
cualquier otro factor que considere estableciendo una hora de llegada del buque al punto
de embarque de Prácticos. El Práctico a la hora solicitada de llegada, abordará al buque
en el punto de embarque de Prácticos.
ii. Si el operador SIIGB solicita formalmente el servicio con menos de veinte
minutos de antelación sobre el inicio del mismo, el prestador del servicio dispondrá de
hasta veinte minutos para el inicio del servicio a partir de la hora de solicitud formal del
servicio. Este tiempo se corresponde con el tiempo de respuesta descrito en anteriores
apartados. En el caso de realizar la solicitud del servicio con al menos veinte minutos de
antelación y no haber disponibilidad de Práctico por estar todos los medios de guardia
ocupados, el operador de Autoridad Portuaria SIIGB anotará el motivo de espera de la
maniobra y el buque deberá esperar hasta que haya disponibilidad de practico.
Practicaje de salida.

i. Realizada la comunicación entre el buque y el operador SIIGB, y con una
antelación mínima sobre la hora estimada de salida determinada en el procedimiento de
comunicaciones de la Autoridad Portuaria vigente, siempre garantizando un mínimo de
una hora sobre la hora prevista. La Autoridad Portuaria comunicará dicho preaviso al
prestador del servicio de practicaje. Una vez el buque se encuentre listo para navegar, lo
comunicará Centro de Control de Tráfico Marítimo de la Autoridad Portuaria, quien, en
función de las condiciones previstas, realizará la solicitud formal del servicio de
practicaje.
ii. Si el operador SIIGB solicita formalmente el servicio con menos de veinte
minutos de antelación sobre el inicio del mismo, el prestador del servicio dispondrá de
hasta veinte minutos para el inicio del servicio a partir de la hora de solicitud formal del

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b)