Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14953)
Resolución de 2 de julio de 2025, del Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación, por la que se publica el Convenio con las entidades participantes en el proyecto IMPaCT-DATA 2.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 18 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 96907

24) El Centro Nacional de Análisis Genómico (CNAG) se constituyó como
Consorcio mediante convenio firmado el 29 de diciembre de 2022, entre la
Administración General del Estado (Ministerio de Ciencia e Innovación) y la
Administración de la Generalitat de Catalunya (Departamento de Investigación y
Universidades, y Departamento de Salud) publicado en el BOE núm. 10, de 12 de enero
de 2023. El CNAG tiene como fin llevar a cabo proyectos de análisis genómico
contribuyendo a resolver problemas de salud humana y en el área de ciencias de la vida,
consiguiendo por tanto mejoras significativas en la calidad de vida de la sociedad, en
colaboración con la comunidad científica y clínica tanto nacional como internacional Su
función es ser un centro de referencia internacional en el análisis genómico orientado a
la salud de las personas mediante la oferta de servicios de alta calidad y el desarrollo de
proyectos de investigación de alto nivel.
25) Que la UPV/EHU es una institución de Derecho Público, al servicio de la
sociedad, para prestar en el ámbito de su competencia, con el compromiso ineludible de
calidad y excelencia, el servicio de la enseñanza superior mediante la docencia, la
investigación, el estudio, la proyección cultural y universitaria, que por su papel de
institución transmisora de valores y sancionadora del saber, tienen una especial
responsabilidad en hacer efectivas la difusión y proyección universitarias, orientadas en
particular a la creación, crítica y transmisión del saber, contribuyendo al avance del
conocimiento y al desarrollo social mediante la investigación y la transferencia de sus
resultados a la sociedad.
26) La Fundación Rioja Salud es una organización sanitaria de naturaleza
fundacional, sin ánimo de lucro, vinculada al Sistema Público de Salud de La Rioja.
Fundación Rioja Salud se constituye el 3 de diciembre de 2001 al amparo de la
Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la
Participación Privada en Actividades de Interés General, y se rige en la actualidad por la
Ley 1/2007, de 12 de febrero, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de La Rioja y
demás disposiciones legales de aplicación. Las finalidades de la Fundación, aunque de
carácter general, se orientarán preferentemente a la investigación, desarrollo e
innovación en el ámbito de la Salud y la biotecnología, al fomento de la calidad, la
eficiencia, la evaluación, la formación continuada y la docencia en el Sistema Sanitario,
así como la provisión y gestión de recursos avanzados. El objeto de la Fundación es la
promoción y protección de la Salud en cualquiera de sus vertientes mediante la
formación, docencia, investigación, desarrollo e innovación de las Ciencias de la Salud y
la biotecnología, así como la realización de actividades de promoción, prestación y
gestión de recursos y servicios sanitarios avanzados. El objeto, siempre de carácter
general, busca de forma contundente la excelencia médica, investigadora, tecnológica y
la prestación de servicios de calidad, que además de convertir a la Fundación en
referencia para el Sistema Nacional de Salud, sea capaz de transferir al ciudadano en la
forma de nuevos productos, tratamientos y/o servicios, los resultados obtenidos a partir
de la investigación biomédica y biotecnológica desarrollada. Fomentará la creación de
una cultura de innovación sanitaria abierta y perdurable en el tiempo para la sociedad de
La Rioja y en particular para los profesionales pertenecientes al Sistema Público de
Salud y gestionará las actuaciones en materia de innovación sanitaria para el Gobierno
de La Rioja. Podrá promover, evaluar y priorizar de acuerdo con la Consejería
competente en materia de sistemas y tecnologías de la información, la demanda de
nuevas actuaciones generadas en el Sistema Público de Salud de La Rioja para la
implantación y el desarrollo de infraestructuras y tecnología sanitarias y sistemas de
información y/o comunicaciones, aplicadas al ámbito de la Salud, así como la evaluación
de los resultados obtenidos. Adicionalmente, fomentará el impulso, prestación y gestión
de programas, actividades y servicios accesorios que garanticen el desarrollo continuo y
eficaz de la actividad sanitaria, de la investigación biomédica y biotecnológica y de la
innovación sanitaria del Sistema Público de Salud de La Rioja. Así como la gestión de
otras actividades complementarias a desarrollar dentro del entorno sanitario.

cve: BOE-A-2025-14953
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Núm. 172