Consejo General Del Poder Judicial. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-14909)
Acuerdo de 15 de julio de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso-oposición, turno libre, para la provisión de plaza de Técnico/a de Soporte, Sistemas y Usuarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Viernes 18 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 96477

– Efectuar la asistencia programada para la configuración y puesta en marcha de
equipamiento informático instalado en zonas comunes.
– Realizar la gestión y seguimiento de las incidencias informáticas y de seguridad.
Grupo profesional: 3.
Sueldo base anual: 19.202,96 euros en 14 pagas.
Plus convenio anual: 23.102,28 euros en 12 pagas.
ANEXO II
Baremo de la fase de concurso
No podrá superar los 15,00 puntos.
1.1

Méritos Profesionales.

Puntuación máxima total: 6,50 puntos, de acuerdo con el siguiente desglose y
detalle:
Por servicios prestados en puestos de trabajo de contenido similar en entidades
públicas o privadas: 0,50 puntos por cada año (cada 365 días) dentro de los cinco
inmediatamente anteriores a la convocatoria, el resto 0,30 puntos por año (cada 365
días). Los periodos inferiores al año serán objeto de prorrateo.
Forma de acreditación:
i) Certificado de Servicios Prestados emitido por la unidad de personal
correspondiente cuando la experiencia profesional se derive de servicios prestados en la
Administración, con expresión del tiempo y funciones realizadas.
ii) Certificado de Vida Laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad
Social y copia del contrato o contratos de trabajo de los que se derive dicha experiencia.
iii) En cualquier caso deberá quedar acreditado de forma fehaciente que los
trabajos han sido realizados en entornos relacionados con las tecnologías de la
información y la comunicación.
iv) Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por
cuenta propia, la copia del contrato o de los contratos de trabajo exigidos en los demás
casos se sustituirá por el contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la
experiencia alegada.
1.2

Méritos Académicos.

Puntuación máxima total: 5,50 puntos, de acuerdo con el siguiente desglose y
detalle:
1.2.a) Los títulos académicos oficiales aprobados por el Estado, en posesión del
aspirante, se valorarán del siguiente modo:

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito
no se aplicará a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su
cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las
Disposiciones de Derecho Comunitario.
Forma de acreditación: Para la valoración de los méritos académicos será necesario
aportar copia auténtica del título o certificado de estudios con contenido de las
asignaturas cursadas y el correspondiente crédito.

cve: BOE-A-2025-14909
Verificable en https://www.boe.es

– Ciclo formativo de grado superior de informático, comunicaciones, audiovisuales,
multimedia, o similares: 1 punto por título, hasta un máximo de 2 puntos.
– Licenciatura Universitaria o grado en especialidades o materias relacionadas con
la Informática, comunicaciones, audiovisuales, multimedia, o similares: 2 puntos.