Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-14670)
Resolución de 8 de mayo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del control municipal sobre la prestación de los servicios de limpieza viaria, recogida y tratamiento de residuos y mantenimiento de parques y jardines de los ayuntamientos de municipios de población entre 50.000 y 100.000 habitantes de comunidades autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169
Martes 15 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 94984
2) Prestación indirecta
El control técnico se ejerció por el Jefe de Servicio, un técnico y un encargado. Para ello dispusieron
de los mismos medios materiales que los empleados para el control de la prestación directa del
servicio.
Los PPT reguladores del contrato incluyeron escasas previsiones sobre el control de la prestación
del servicio: el control de la facturación, estableciendo que se detrajeran las operaciones no
ejecutadas o de ejecución deficiente a criterio de la dirección municipal del contrato, así como la
celebración de reuniones entre representantes del Ayuntamiento y de la empresa.
El control de la facturación se llevó a cabo por los servicios técnicos, que comprobaron que las
facturas remitidas se correspondieron con las prestaciones efectivamente ejecutadas, dejándose
constancia mediante conformes del Jefe del Servicio de Medio Ambiente en las propias facturas.
En el ejercicio fiscalizado no se detectó incidencia alguna, por lo que no se efectuaron detracciones.
En cuanto a las reuniones entre representantes del Ayuntamiento y de la empresa, la entidad ha
indicado que se celebraron 52 reuniones en 2021. De ellas no se levantaron actas, por lo que no se
ha podido verificar su alcance y el objeto de las mismas.
Asimismo, el Ayuntamiento ha informado que se llevaron a cabo inspecciones oculares de los
trabajos realizados, así como un control de la programación establecida para la prestación del
servicio −cumplimiento de plazos, personal destinado a cada una de las tareas y obsolescencia y,
en su caso, renovación del material o equipamiento utilizado en el servicio−. Según ha indicado la
entidad, en el ejercicio de este control, se detectaron desviaciones sobre las actuaciones
programadas, que tuvieron su origen en inclemencias climatológicas, averías de equipamientos o
bajas imprevistas de trabajadores, que, en ningún caso dieron lugar a la imposición de penalidades
por parte del Ayuntamiento y que se corrigieron en las siguientes programaciones de los servicios.
No obstante, tanto las inspecciones oculares como el control de la programación no se registraron
documentalmente, por lo que no se ha podido verificar su realización efectiva por este Tribunal.
En lo que respecta a la entidad prestataria del servicio, esta puso a disposición del Ayuntamiento
una línea telefónica específica para la recepción de avisos sobre incidencias durante la jornada y
también un número de teléfono de atención veinticuatro horas para la atención de cuestiones
urgentes, de conformidad con lo previsto en los PPT.
II.2.3. Servicios de recogida y tratamiento de residuos
II.2.3.1. PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
cve: BOE-A-2025-14670
Verificable en https://www.boe.es
Los servicios de recogida y tratamiento de residuos del Ayuntamiento de Ciudad Real se prestaron
por el Consorcio para el servicio de tratamiento de residuos sólidos de Ciudad Real, creado en
Núm. 169
Martes 15 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 94984
2) Prestación indirecta
El control técnico se ejerció por el Jefe de Servicio, un técnico y un encargado. Para ello dispusieron
de los mismos medios materiales que los empleados para el control de la prestación directa del
servicio.
Los PPT reguladores del contrato incluyeron escasas previsiones sobre el control de la prestación
del servicio: el control de la facturación, estableciendo que se detrajeran las operaciones no
ejecutadas o de ejecución deficiente a criterio de la dirección municipal del contrato, así como la
celebración de reuniones entre representantes del Ayuntamiento y de la empresa.
El control de la facturación se llevó a cabo por los servicios técnicos, que comprobaron que las
facturas remitidas se correspondieron con las prestaciones efectivamente ejecutadas, dejándose
constancia mediante conformes del Jefe del Servicio de Medio Ambiente en las propias facturas.
En el ejercicio fiscalizado no se detectó incidencia alguna, por lo que no se efectuaron detracciones.
En cuanto a las reuniones entre representantes del Ayuntamiento y de la empresa, la entidad ha
indicado que se celebraron 52 reuniones en 2021. De ellas no se levantaron actas, por lo que no se
ha podido verificar su alcance y el objeto de las mismas.
Asimismo, el Ayuntamiento ha informado que se llevaron a cabo inspecciones oculares de los
trabajos realizados, así como un control de la programación establecida para la prestación del
servicio −cumplimiento de plazos, personal destinado a cada una de las tareas y obsolescencia y,
en su caso, renovación del material o equipamiento utilizado en el servicio−. Según ha indicado la
entidad, en el ejercicio de este control, se detectaron desviaciones sobre las actuaciones
programadas, que tuvieron su origen en inclemencias climatológicas, averías de equipamientos o
bajas imprevistas de trabajadores, que, en ningún caso dieron lugar a la imposición de penalidades
por parte del Ayuntamiento y que se corrigieron en las siguientes programaciones de los servicios.
No obstante, tanto las inspecciones oculares como el control de la programación no se registraron
documentalmente, por lo que no se ha podido verificar su realización efectiva por este Tribunal.
En lo que respecta a la entidad prestataria del servicio, esta puso a disposición del Ayuntamiento
una línea telefónica específica para la recepción de avisos sobre incidencias durante la jornada y
también un número de teléfono de atención veinticuatro horas para la atención de cuestiones
urgentes, de conformidad con lo previsto en los PPT.
II.2.3. Servicios de recogida y tratamiento de residuos
II.2.3.1. PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
cve: BOE-A-2025-14670
Verificable en https://www.boe.es
Los servicios de recogida y tratamiento de residuos del Ayuntamiento de Ciudad Real se prestaron
por el Consorcio para el servicio de tratamiento de residuos sólidos de Ciudad Real, creado en