Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-14668)
Resolución de 8 de mayo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones del FROB y del Banco de España en la fusión entre Caixabank y Bankia y de la situación del proceso de reestructuración bancaria a 31 de diciembre de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169

Martes 15 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 94870

elaboración de informes que determinasen la existencia de operaciones irregulares no ajustadas al
ordenamiento jurídico y que hubieran supuesto un quebranto injustificado a la entidad de crédito. Al
cierre de 2021, el FROB había recuperado un total de 40 millones de euros por ingresos derivados
de sentencias y costas judiciales dictadas en relación, principalmente, con los procesos de
reestructuración de Banco de Valencia (7,9 millones de euros) y NCG (31,6 millones). Hasta octubre
de 2022, dicha cifra se ha incrementado en 30 millones hasta alcanzar los 70 millones de euros,
como consecuencia de ingresos relacionados con litigios asociados, principalmente, con la
reestructuración de Banco de Valencia.
A lo largo del período fiscalizado el FROB ha emprendido o se ha personado en una serie de
actuaciones judiciales destinadas a la recuperación de los recursos que hayan podido sustraerse
de las entidades de crédito de una forma no ajustada a derecho. A continuación, se resume la
situación de las más relevantes al cierre del ejercicio 2021:
a) En relación con BMN, el FROB se ha personado como parte en las Diligencias Previas (DP)
iniciadas con ocasión del informe forense que remitió en marzo de 2017 a la Fiscalía especial
contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada (Fiscalía Anticorrupción), dirigidas contra
directivos de la entidad por presuntos delitos de apropiación indebida y administración desleal.
A este respecto, el 22 de julio de 2021, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia
Nacional dictó sentencia absolviendo a todos los imputados de los delitos de apropiación
indebida y de administración desleal. La sentencia fue recurrida en apelación por el FROB y
sigue pendiente de resolverse. Respecto a las otras DP se sigue pendiente de acordar
señalamiento para la celebración del juicio oral.
b) Respecto a NCG Banco, el FROB sigue las DP, actualmente en fase de ejecución de sentencia,
incoadas contra diversos directivos de Novacaixagalicia, actual Abanca, con el objeto de
investigar las indemnizaciones percibidas con motivo de su salida de la entidad. Asimismo, se
encuentran en fase de juicio oral tres procedimientos derivados de informes forense remitidos
por el FROB a la Fiscalía Anticorrupción.
c) Siguen su curso once procedimientos penales ante la Audiencia Nacional con origen en diversas
denuncias o en investigaciones de la Fiscalía, relacionadas, fundamentalmente, con operaciones
realizadas por directivos del Banco de Valencia. Todas ellas se encuentran en distintas fases del
procedimiento: una en fase de instrucción, otra pendiente de apertura del juicio oral, otras tres
en fase de juicio oral o pendientes de sentencia, y en seis causas ya se ha dictado sentencia,
cuatro de las cuales están recurridas y dos son firmes tras haber recaído sentencia del Tribunal
Supremo.

e) La entidad adquirente del negocio bancario de una entidad reestructurada interpuso una
demanda civil contra el FROB por entender que en dicha adquisición concurrió error de la parte
adquirente debido a la posterior nulidad decretada de las cláusulas suelo. Al cierre del ejercicio
2021 estaba pendiente de resolución por el Tribunal Supremo el recurso extraordinario por
infracción procesal presentado por la entidad adquirente contra la sentencia de apelación,
recurso al que el FROB se opuso. Esta situación ha dado lugar a que el FROB tenga registrado
en las cuentas anuales de 2021 una provisión por 253 millones de euros. A este respecto, el
Tribunal Supremo dictó sentencia el 28 de junio de 2022 desestimando la demanda civil
formulada por la entidad adquirente.
Por otro lado, como se indica en las alegaciones del FGDEC, esta entidad está personada como

cve: BOE-A-2025-14668
Verificable en https://www.boe.es

d) El FROB fue demandado por la entidad adquirente de CX, en relación con la interpretación del
alcance de las garantías otorgadas por el FROB sobre cláusulas suelo. El recurso de casación
presentado por la entidad compradora está pendiente de decisión por parte del Tribunal
Supremo.